MinAgricultura aclara alcance de su control sobre asociaciones agropecuarias
Ministerio de Agricultura reglamenta labores de inspecci贸n en asociaciones campesinas y agropecuarias, generando preocupaci贸n.

El Ministerio de Agricultura expidi贸 la Resoluci贸n 052 del 17 de marzo de 2025, en la que reglamenta las labores de inspecci贸n, vigilancia y control sobre las asociaciones campesinas y agropecuarias nacionales. La medida ha generado preocupaci贸n en algunos sectores gremiales, que consideran que otorga facultades excesivas al ministerio.
Ante las cr铆ticas, la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, explic贸 en entrevista con La FM de RCN que la resoluci贸n se enmarca dentro de la Ley 2219 de 2022, sancionada en el gobierno anterior, y que no excede las competencias asignadas por esta normativa.
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"Nosotros estudiamos a fondo la resoluci贸n, que es materia de reglamentaci贸n de una ley del 2022 sancionada por el entonces presidente Iv谩n Duque. Tenemos seguridad jur铆dica frente a la resoluci贸n, pero, como todas las decisiones administrativas en el estado social de derecho, est谩n sujetas al control p煤blico y de legalidad por parte de los jueces de la Rep煤blica", afirm贸 la ministra.
Carvajalino aclar贸 que el Ministerio no se est谩 adjudicando nuevas funciones de inspecci贸n y control, sino que estas ya estaban estipuladas en la ley. "Esta norma es el cierre de un debate que lleva al menos 40 a帽os en el sector. Desde 1989, cuando se reestructur贸 el Ministerio de Agricultura, se le asignaron funciones de vigilancia y control sobre estas organizaciones", indic贸.
En 2015, el Consejo de Estado determin贸 que estas facultades deb铆an estar expresamente se帽aladas en una ley y, posteriormente, en 2020, reiter贸 que el Ministerio de Agricultura ten铆a dichas competencias, aunque exist铆a un vac铆o legal. Seg煤n la ministra, la Ley 2219 de 2022 busc贸 dar claridad al asunto y orden贸 al Ministerio reglamentar el procedimiento y las medidas aplicables.
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Uno de los puntos de controversia es la posibilidad de suspender temporalmente la personer铆a jur铆dica de las asociaciones. Frente a esto, Carvajalino sostuvo que estas medidas ya existen en otros reg铆menes sancionatorios. "La intervenci贸n administrativa y la suspensi贸n de la personer铆a jur铆dica son herramientas que ya se encuentran en el r茅gimen de inspecci贸n, vigilancia y control de las superintendencias y otras entidades. Sin embargo, estamos abiertos a discutir ajustes si generan preocupaci贸n en los sectores afectados", afirm贸.
En cuanto a la administraci贸n de los recursos parafiscales, la ministra diferenci贸 este tema del control a las asociaciones. "La vigilancia sobre los fondos de fomento es otro debate y est谩 regulado por la Ley 101, la cual establece que el Ministerio de Agricultura supervisa estos recursos, que provienen de contribuciones de los productores", explic贸. Tambi茅n aclar贸 que cada gremio tiene un contrato especial con el Ministerio de Agricultura o de Hacienda para la administraci贸n de dichos fondos.
Respecto a las sanciones que puede imponer el Ministerio, Carvajalino subray贸 que estas est谩n contempladas en la Ley 2219 y se enmarcan dentro del C贸digo Administrativo y del C贸digo General del Proceso. "Nosotros no estamos creando sanciones nuevas. Nos basamos en medidas ya aplicadas por otros ministerios, como el de Educaci贸n, Justicia y Comercio", se帽al贸.
Finalmente, la ministra reiter贸 la disposici贸n del Gobierno a dialogar con los gremios para garantizar que la aplicaci贸n de la norma no genere incertidumbre. "Estamos abiertos a construir una reglamentaci贸n que d茅 garant铆as a todos los actores, sin que se desdibuje la funci贸n legal de inspecci贸n, vigilancia y control que nos fue asignada", concluy贸.