"No hay justificación sobre la emergencia económica": abogado constitucionalista
Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista, señaló las implicaciones del estado de conmoción interior decretada por el Gobierno nacional.
El Gobierno nacional declaró el estado de conmoción interior debido a los graves enfrentamientos que se registraron entre las disidencias y el ELN en la región del Catatumbo. La medida, fundamentada en el artículo 213 de la Constitución Política de Colombia, ha generado diversas reacciones en el ámbito jurídico y político.
Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista, analizó la situación en La FM de RCN, destacando los retos y limitaciones que implica esta decisión.
Charry explicó que los estados de excepción están diseñados para circunstancias extraordinarias que amenazan la seguridad, el orden público o el funcionamiento del Estado: “La lógica de la Constitución Política de Colombia es que en una situación imprevista y grave no hay tiempo para tramitar una ley. Por eso, se permite al presidente adoptar medidas inmediatas, pero estas deben estar estrictamente relacionadas con la crisis”, afirmó.
"No hay justificación sobre la emergencia económica": abogado constitucionalista
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El abogado también enfatizó que las acciones tomadas bajo este estado excepcional deben responder exclusivamente a la emergencia y no utilizarse para resolver problemas estructurales o impulsar proyectos rechazados por el Congreso.
"Las medidas no pueden salvar al Gobierno de situaciones predecibles ni justificar decisiones presupuestales fuera de contexto. La Corte Constitucional deberá determinar si esta situación era verdaderamente imprevisible y si las medidas adoptadas guardan relación directa con los enfrentamientos en el Catatumbo", explicó.
Charry también reflexionó sobre el impacto de la política de paz total en este tipo de crisis: “Esta situación nos lleva a pensar si la paz total no es más que una serie de normas que buscan atender crisis específicas. Es necesario evaluar si los diálogos con los grupos armados se están manejando de forma que prevengan este tipo de rupturas y escaladas de violencia”, señaló.
En relación con otros estados de excepción, como el de emergencia económica, Charry fue enfático en señalar que este no sería aplicable en la actual coyuntura, pues hay otras razones de peso para decretarla.
"No hay justificación sobre la emergencia económica porque el tema de financiación es algo más previsible. Hay un seguimiento a las finanzas públicas y políticas para obtener los ingresos y los gastos del Estado. Una emergencia económica puede ser por cuenta de una crisis mundial a nivel energético, pero no se puede decretar la emergencia económica por circustancias derivadas del manejo del presupuesto", puntualizó.
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La declaración del estado de conmoción interior pone en el centro del debate la capacidad del Gobierno para manejar crisis regionales bajo el marco constitucional, mientras la Corte Constitucional tendrá la última palabra sobre la legalidad y pertinencia de esta decisión.