Nombramiento de Cielo Rusinque en la SIC en riesgo: Consejo de Estado admite demanda
El Consejo de Estado determinó negar una medida cautelar con la que se buscaba la suspensión provisional del cargo de Cielo Rusinque.

El Consejo de Estado admitió una demanda con la que se pretende tumbar el Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, expedido por el presidente Gustavo Petro, por medio del cual fue nombrada Cielo Rusinque Urrego como directora de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
En la demanda, se alegan supuestas irregularidades en su elección y una falta de experiencia en el sector para que Cielo Rusinque Urrego ocupe el cargo como directora de la Superintendencia de Industria y Comercio. De acuerdo con su hoja de vida, “no cursó maestría o doctorado en áreas afines a las funciones del mencionado empleo ni cumple con la experiencia laboral relacionada de 10 años o más”.
Esta demanda fue instaurada por parte de Harold Eduardo Sua Montaña, quien señaló que el presidente Petro declaró insubsistente el nombramiento de María Socorro Pimienta Corbacho, como Superintendente de Industria y Comercio y, el mismo día, se efectuó el encargo de dicho empleo a María Paula Belén Arenas Quijano.
Lea también: Abogados de Nicolás Petro solicitan anular proceso y advierten uso político del caso
Según la demanda desde el 21 hasta el 28 de diciembre de 2023, la Presidencia de la República, en su página web, presentó invitación pública para proveer el cargo de superintendente de Industria y Comercio, en propiedad. Publicó las hojas de vida de los aspirantes y estableció que, del 9 hasta al 11 de enero de 2024, la ciudadanía podría enviar observaciones.
De acuerdo con el demandante, posteriormente, se nombró a Cielo Rusinque Urrego como directora de la SIC “antes de ordenarse la terminación del encargo”, y, sin tener en cuenta, las observaciones presentadas por la ciudadanía, en relación con la invitación pública.
Además, se hace énfasis en la demanda que la hoja de vida de Cielo Rusinque sólo señala que cursó posgrados en derecho constitucional o ciencias políticas, pero carece de información precisa, que permita determinar que cuenta con un mínimo de 10 años de experiencia profesional o como docente, en temas relacionados con las funciones asignadas al cargo en el que fue nombrada.
En la misma decisión, el Consejo de Estado determinó negar una medida cautelar con la que se buscaba la suspensión provisional del cargo de Cielo Rusinque.
En su defensa, Cielo Rusinque señaló al Consejo de Estado que el cargo en el que fue nombrada es de libre nombramiento y remoción y, por tanto, la separación o nombramiento en el empleo de superintendente no requiere motivación.
Así mismo, Cielo Rusinque manifestó que el demandante no expuso fundamentos ni demostró las razones por las cuales los títulos de posgrado obtenidos por la demandada o su experiencia no se relacionan con las funciones del cargo.
Le puede interesar: Nueva disputa en el caso Nicolás Petro: defensa denuncia supuesta entrega de camioneta a testigo
En este caso, se observa que el demandante, en su solicitud de suspensión provisional, se limitó a indicar que la designación incurrió en expedición irregular y a referirse, de forma genérica, al “incumplimiento de ciertos preceptos normativos y lo aportado en calidad de prueba permite corroborarlo”, sin referirse a las normas vulneradas y al sustento de dicha trasgresión (…) Así las cosas, dado que la petición cautelar carece de argumentación o sustento, que permita a la Sala efectuar un estudio sobre las disposiciones trasgredidas con el acto censurado, se negará el decreto de la suspensión provisional de sus efectos.
Por tanto, será la sentencia, la oportunidad en la que se estudien los argumentos propuestos por parte de Harold Eduardo Sua Montaña, en su demanda.