Por un error, proyecto de cadena perpetua para violadores permitiría libertad condicional
El objetivo de la iniciativa, que es meter de por vida los agresores de menores a una cárcel, se desdibujaría.
Este martes está previsto que comience el estudio en tercer debate de la reforma constitucional que pretende incluir en la legislación la prisión perpetua para violadores y asesinos de niños.
La iniciativa establece que quienes cometan este tipo de faltas, en sus casos más graves, podrían enfrentarse a penas de por vida en la cárcel.
Sin embargo, en la ponencia, que fue conocida en las últimas horas, quedó consignado un nuevo parágrafo que podría hacerle conejo al objetivo inicial del proyecto.
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El cambio es sustancial y se puede ver en este texto: “En todo caso la pena deberá ser revisada en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, y sucesivamente en períodos no mayores a tres (3) años, con el fin de evaluar la elegibilidad del condenado para gozar del beneficio de la libertad condicional. La decisión siempre será motivada y tendrá los recursos que autorice la ley”.
Esto podría desdibujar por completo el objetivo de iniciativa, ya que se estaría planteando la posibilidad de que una persona que en teoría debería estar de por vida en una cárcel, pueda salir libre a los 25 años de pena cumplida.
El senador Miguel Ángel Pinto, ponente de la reforma, reconoció que este tema fue incluido por error y buscarán corregirlo durante la discusión en la Comisión Primera del Senado.
“Lo hemos querido ver como un error de transcripción en el momento en que se recogieron las firmas, en el sentido de que la sentencia de cadena perpetua pueda ser revisada a los 25 años y ahí se agregó para mirar si el condenado pueda tener la libertad condicional y eso no es cierto”, indicó.
En la ponencia también se incluyó un concepto nuevo denominado ‘esperanza de vida al nacer’, que debería ser tenido en cuenta a la hora de que el juez examine el criterio de dosificación de la pena. Según el texto, en el caso de los hombres la esperanza de vida es de 73 años y en las mujeres de 80.
“La revisión que hay que hacerse a los 25 años es para determinar si dentro de los procesos de resocialización, la pena de cadena perpetua se puede cambiar por una pena privativa de la libertad en cuyo caso no podría ser nunca inferior al promedio de vida de los colombianos”, indicó Pinto.
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Sobre la esperanza de vida, esto dice la ponencia: “Para efectos de la dosificación de las penas en estos delitos se tendrá como límite del rango superior de la sentencia la menor “Esperanza de Vida al Nacer” certificada por la entidad oficial correspondiente”.
El proyecto también plantea que después de la primera revisión de la condena de cadena perpetua, que sería a los 25 años, se deberán hacer revisiones periódicas no inferiores a tres años, para verificar cómo avanza todo el proceso de resocialización.
Al acto legislativo de cadena perpetua para violadores de niños le restan dos debates en el Congreso para que pueda ser aprobado en primera vuelta.