Procurador general Gregorio Eljach pidió que Corte Constitucional avale la reforma pensional
Esta solicitud va en contravía del concepto que envió en su momento la exprocuradora Margarita Cabello.

El procurador General, Gregorio Eljach, le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible y avale la reforma pensional del gobierno del presidente Gustavo Petro, al considerar que no hubo vicios de forma en su trámite en el Congreso de la República.
A través de un concepto de 23 páginas, el procurador general le solicitó a los magistrados de la Corte Constitucional que den luz verde a esta reforma al considerar que no se presentaron irregularidades como se plantea en el marco de la demanda que fue instaurada ante ese alto tribunal por parte de un grupo de congresistas de la oposición.
En la actualidad se han elevado alrededor de 64 demandas en contra de esta iniciativa, entre las cuales se destaca la primera que fue instaurada, por parte de la senadora Paloma Valencia, en la que se planteó que hay vicios en la formación de la ley debido a que, en la discusión de la proposición para aprobar en la Cámara el texto del Senado, ni la ponente ni la ministra de Trabajo, explicaron en contenido de la iniciativa.
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“La actora señala que el vicio en el proceso de formación de la ley demandada se presenta porque, entre el momento en que se leyó la proposición y el momento en que se votó, solo trascurrió una hora. Y, durante ese lapso, (…) en ningún momento la coordinadora ponente del proyecto, explicaron a la Plenaria el contenido del texto”, se señala en dicha demanda.
Además, la senadora alegó que el texto otorga al Dane competencias para que establezca los requisitos pensiónales a varios grupos poblacionales que, según la congresista, corresponde a 20 millones de personas y, para Valencia, esa decisión es inconstitucional.
Para la congresista, la reforma ampliaría la base de jubilados de clase media que deberían asumir la carga tributaria, lo que estaría modificando artículos de la Constitución, por lo que solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la norma que fue aprobada por el Congreso.
Este concepto dirigido por el procurador Eljach al presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez Najar, va en contravía del que ya había remitido la Procuraduría durante la gestión de Margarita Cabello, quien había presentado un concepto negativo.
“Para el análisis de los vicios de procedimiento legislativo que afectan la constitucionalidad de las leyes, la propia Corte Constitucional ha dejado en claro que rige el principio de instrumentalidad de las formas, en virtud del cual una irregularidad no es un vicio de procedimiento si no vulnera ningún principio ni valor constitucional, y en especial no llega a afectar el proceso de formación de la voluntad democrática en las cámaras, ni desconoce el contenido básico institucional diseñado por la Carta”, se lee en el concepto del procurador.
Según el concepto del procurador Eljach, “la reforma pensional ha sembrado la confianza y la esperanza de millones de colombianos con escasos medios económicos y precariedad laboral, de recibir algún auxilio económico en su vejez, asunto que el régimen pensional hasta ahora vigente no contempla”.
“Por último, la Corte Constitucional bien haría en tener en cuenta que el país requiere imperiosamente de una reforma pensional. Todos los expertos, desde distintas orillas ideológicas y políticas, coinciden en afirmar la insostenibilidad financiera del régimen actual”, se indica en el concepto.
Según el procurador, el Congreso de la República, en medio de considerables dificultades y en un ambiente político caldeado, logró durante los años 2023 y 2024 aprobar una reforma pensional que resuelve esos problemas, así no sea de modo perfecto.
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“Es inminente, además, que millonarias sumas de dinero entren a Colpensiones y al fondo de estabilización del Banco de la República, tal como también lo prevé la reforma. De otro lado, es evidente que los fondos privados de pensiones han venido haciendo arreglos organizacionales y financieros para recibir a los millones de ahorradores que el nuevo régimen les significará. Es conveniente entonces que la Corte Constitucional proceda en este caso también con la mira puesta en la protección de la seguridad jurídica, así sea en la forma de confianza legítima”, añadió el procurador.