Vuelve a debate la castración química para abusadores de menores
El Senado regresa a sesiones y en el orden del día está dicha iniciativa.
Si hay algo que causa indignación en Colombia es el abuso sexual y agresión de menores de edad. Casos como el de Rafael Uribe Noguera, Luis Alfredo Garavito o Manuel Octavio Bermúdez son sólo algunos de aquellos que han sido juzgados y condenados por la violación de niños y niñas en varias regiones del país.
Aunque en muchos casos estas condenas han llegado a penas de hasta más de 50 años de prisión, en muchos sectores de opinión consideran que no son suficientes estas condenas que aplica la justicia. Al respecto, en el Congreso de la República han empezado a sonar nuevas medidas para castigar con contundencia a los violadores.
Hoy, cuando regresa a sesiones el Senado, fue incluido en el orden del día un proyecto que establece la posibilidad de llegar a la castración química de los abusadores sexuales.
“Por medio de la cual se crean los tipos penales de acceso carnal violento sobre menor de edad y actos sexual violento sobre menor de edad como delitos autónomos, se le establece tratamiento voluntario de inhibición hormonal del deseo sexual, y se dictan otras disposiciones”Sorprende, sin embargo, que ahora la decisión de aplicar la castración química quedará en manos del abusador sexual. El propósito es que el Gobierno pueda ofrecer de manera gratuita el tratamiento de inhibición hormonal o castración química, acompañado del tratamiento psicológico o psiquiátrico que corresponda, a las personas que hayan sido condenadas por abuso de menores.
Al respecto, es claro que esta medida se aplicará a quienes soliciten “de manera voluntaria” y con posterioridad al cumplimiento de la pena privativa de la libertad.
En la legislación penal colombiana solo existen dos tipos de penas principales: prisión y multa, y la pena de castración química propuesta no se enmarca dentro de ellos, por lo que sería necesaria una modificación en la parte general del Código Penal para incluir un tercer tipo de pena.
De acuerdo al Inpec, en un informe de 2014, en el país hubo 318 reincidentes por el delito de acceso carnal violento y 366 reincidentes por el delito de actos sexuales con menor de 14 años. Aunque no existen informes más actualizados que diferencien por delito los niveles de reincidencia, en el último informe general del Inpec es posible establecer que la reincidencia ha venido en aumento a lo largo de los últimos cinco años.
Con el regreso de sesiones se espera entonces que el Senado decida sobre la posibilidad de establecer esta medida en defensa de los menores de edad.