Ahora en lugares públicos serán instalados desfibriladores
El Gobierno de Duque pretende que así se puedan evitar muertes por ataques cardíacos con una reanimación oportuna.
En la Casa de Nariño el presidente de la República Iván Duque y con la presencia de varias autoridades expertas en el aérea de la salud, firmó el decreto que reglamenta el uso de los desfibriladores es zonas públicas de alta afluencia de personas.
Entre los establecimientos que deberán contar dentro de sus instalaciones con desfibriladores figuran: centros comerciales, instituciones educativas, centros recreativos, canchas y escenarios deportivos, terminales de transporte, teatros, hoteles y todos los establecimientos estatales del orden nacional, departamental, distrital y municipal.
De acuerdo con el Gobierno Nacional al presentar altos niveles de efectividad y por ser dispositivos portátiles, los desfibriladores externos automáticos permiten dotar lugares no hospitalarios que tienen gran afluencia de público y contribuir, a través de una atención oportuna, en la reducción de la mortalidad por eventos cardiovasculares, que se dan con mucha frecuencia en estos espacios.
Un comunicado de prensa de la Presidencia señala que “Diversos estudios científicos demuestran que con una reanimación oportuna, mediante el uso de desfibriladores externos automáticos, se mejora el pronóstico de vida del paciente frente al paro cardíaco súbito, dado que la mayoría de estos eventos de la salud ocurren fuera del hospital”.
Y agrega la comunicación “cada minuto que pasa, desde el inicio del paro cardíaco y sin que se realice la desfibrilación, disminuye la probabilidad de sobrevivir entre un 7 y un 10 por ciento”.
En Colombia, para el año 2017, se tuvo una tasa de mortalidad de 147,03 por cada 100.000 habitantes a causa de las enfermedades cardiovasculares.
De acuerdo con el Consejo Europeo de Reanimación, entre los 3 y 5 primeros minutos del colapso, la desfibrilación puede producir altas tasas de supervivencia, que van del 50 al 70 por ciento.
La Superintendencia Nacional de Salud reglamentará el registro, verificación, supervisión y control de los desfibriladores externos automáticos (DEA) en los términos de ley, bajo la coordinación del Ministerio de Salud y Protección Social.