Las salas de lactancia que deben instalar empresas en Colombia
El MinSalud reglamentó las condiciones especiales en las que deben funcionar estos espacios.
El Ministerio de Salud reglamentó la puesta en funcionamiento de las llamadas ‘Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral’, y definió unas políticas de higiene, salubridad y dotación mínima que deben tener las empresas en el país.
El ministro Alejandro Gaviria ratificó que estas acciones están dirigidas para que las entidades públicas y privadas del orden nacional tengan unos espacios destinados para la alimentación de los niños en condiciones óptimas.
Según el Ministerio, estos nuevos espacios deberán tener una infraestructura en buenas condiciones con unas características específicas: ventilación, iluminación, condiciones de los pisos y paredes o muros, lavamanos, congeladores, sillas, canecas y hasta termómetros digitales.
“En el marco del artículo 44 constitucional que consagra como derecho fundamental de los niños la alimentación equilibrada y el plan decenal de lactancia materna 2010-2020, se establecen estas medidas”, señala el documento que firmado por el Ministro de Salud.
Las salas deberán ser acondicionadas en las empresas públicas del orden nacional y territorial, como también en las privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes o con capitales inferiores con más de 50 empleados.
Las autoridades de salud además ratificaron que se adelantará un estricto control en las diferentes entidades del país, con el propósito de verificar el cumplimiento de esta normativa, que se convierte en una estrategia importante del Gobierno para disminuir las cifras de desnutrición en los menores de edad.