Ministerio de Salud cuestiona la insuficiencia de la UPC ante la Corte Constitucional
Ministerio de Salud cuestiona dudas sobre insuficiencia de la UPC y solicita claridad a la Corte Constitucional en carta de 50 hojas.
El Ministerio de Salud pidió tener una mayor claridad en torno a unas dudas que han surgido en todo este proceso de la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
En una carta enviada a los magistrados que hacen parte de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, la entidad presentó una serie de interrogantes que surgieron tras el concepto que solicita convocar a una mesa técnica para estudiar nuevamente la cifra de la UPC.
En el documento de 50 hojas y que firmado por el director jurídico encargado del Ministerio de Salud Rodolfo Enrique Salas, el Ministerio de Salud aseguró que hay incertidumbre sobre diversos aspectos relacionados con la estructura y operatividad de la mesa técnica de seguimiento.
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La carta señala que que debe haber claridad de quien presidirá la mesa técnica, ya que la mayoría de la corte ordenó que el Ministerio de Salud ejerza la secretaría, pero no se especifica si debe asumir también la presidencia o si ésta recae en otro actor.
“No queda claro si las entidades convocadas pueden designar representantes con poder de decisión en la mesa”, indicó.
A su vez, el documento precisa que el Ministerio de Salud no se sabe quiénes tendrán voz y voto, por lo que se requiere definir si todos los participantes podrán votar sobre las decisiones o si algunos solo podrán intervenir sin capacidad de decisión.
En el tema de elaborar un reglamento técnico, el Ministerio preguntó si se debe establecer un marco normativo para el funcionamiento de la mesa y si el mismo debe ser aprobado por los actores involucrados.
“¿Debe presentarse a la Corte Constitucional? Se pregunta si el reglamento debe ser aprobado previamente por la Sala antes de su aplicación. Se advierte que el Auto 007 de 2025 ordena un reajuste de la UPC desde 2021, pero la fundamentación técnica de esta medida no ha sido clara”, manifestó.
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El documento agregó que “¿cuál fue el estudio técnico que determinó el rezago en la UPC desde 2021? Se solicita la evidencia técnica en la que la Corte basó su decisión. ¿A qué rezago se refiere? Se pregunta si es financiero, operativo o relacionado con costos específicos de atención. ¿A cuánto equivale el rezago en términos monetarios? Se requiere una cifra precisa para evaluar su impacto presupuestal. ¿Por qué se ordena un reajuste para 2021-2023 si solo se declaró insuficiente la UPC de 2024? Se observa una aparente contradicción en la resolución”.
El Ministerio de Salud también planteó que la mayoría de la Sala podría estar extralimitando sus funciones al ordenar cambios en la metodología de cálculo de la UPC.
“¿La Sala Especial está asumiendo competencias del Consejo de Estado en materia de legalidad de actos administrativos? Se cuestiona si la decisión implica una inaplicación del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011. ¿Se está modificando la normativa vigente sin un proceso legislativo? Se argumenta que la Corte estaría alterando las reglas establecidas en el Decreto 4107 de 2011 y el Decreto 2562 de 2012”, advierte el texto.