SuperSalud negó retiro voluntario de Compensar EPS: limitó su atención a dos regiones de Colombia

Compensar EPS había presentado su solicitud de retiro voluntario a la SuperSalud en abril de 2024.
Compensar EPS
Niegan retiro voluntario de Compensar EPS del sistema de salud colombiano Crédito: Compensar EPS

La Superintendencia Nacional de Salud, mediante una resolución, negó la petición de retiro voluntario del sistema de salud, que presentó de forma oficial la EPS Compensar.

La entidad revocó la autorización de funcionamiento otorgada al Programa de Entidad Promotora de Salud de la Caja de Compensación Familiar - Compensar EPS, para la operación como Entidad Promotora de Salud del régimen Contributivo, en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Meta, Norte de Santander, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca.

“Compensar EPS deberá garantizar el acceso oportuno y efectivo en condiciones de calidad, oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad en la prestación de los servicios de salud, así como, el pago de las obligaciones con los prestadores y demás proveedores de servicios y tecnologías en salud por las obligaciones generadas en la prestación de servicios de salud a sus afiliados hasta tanto se realice el traslado efectivo de los afiliados en los departamentos objeto de la revocatoria”, indicó el documento.

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La entidad en el documento establece que la EPS Compensar tendrá que garantizar la atención a la población afiliada que se encuentre ubicada en la ciudad de Bogotá y el departamento de Cundinamarca.

La EPS Compensar el pasado mes de abril del 2024 presentó formalmente esta petición a la Superintendencia Nacional de Salud que nueve meses después respondió negando esta petición.

El Ministerio de Salud tendrá que reubicar a los usuarios de esta EPS Compensar que estén fuera de Bogotá y Cundinamarca a otras EPS en las que se pueda garantizar el derecho a la atención y la entrega oportuna de medicamentos para sus tratamientos.

“El representante legal del Programa de Entidad Promotora de Salud de Compensar EPS, a la notificación del presente acto administrativo, entregar al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (en adelante, Adres) y a la Superintendencia Nacional de Salud las bases de datos que contengan la información de los afiliados en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Meta, Norte de Santander, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca, según la estructura definida por la Adres para realizar el traslado”, añadió.

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La resolución establece que se debe entregar en un plazo no mayor a un (1) mes, contado a partir de la efectividad de la asignación, a cada una de las EPS receptoras, toda la información solicitada.

“EPS Compensar deberá mantener contacto institucional a través de puntos de atención para trámites administrativos a los usuarios que tenía la entidad, de manera presencial, virtual y telefónica, por lo menos un (1) mes después de la efectividad de la asignación”, puntualizó.






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