Advertencia a WhatsApp en Colombia sobre medidas de protección de datos
La empresa WhatsApp en Colombia fue seriamente advertida sobre la protección de datos de sus usuarios.
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una orden de obligatorio cumplimiento a la empresa WhatsApp LLC, para que implemente medidas acordes con el estándar colombiano en materia de Habeas Data y debido tratamiento de datos personales.
Esa entidad señaló que la decisión se tomó luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp LLC incumple en un 57,89% los requisitos que exige la regulación colombiana. Adicionalmente, estableció que dicha empresa tampoco cumple con el 75% de los requerimientos establecidos.
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La SuperIndustria también estableció que “la empresa recolecta y trata datos personales de por lo menos 39 millones de usuarios activos mensualmente en Colombia y que utiliza “cookies” para recolectar o tratar datos personales en territorio nacional, por lo que la Ley es aplicable a WhatsApp LLC, pues esta compañía acopia o captura datos personales a través de una herramienta que se instalan en dispositivos móviles y computadores ubicados en Colombia”.
En ese orden de ideas, la SIC ordenó a la compañía lo siguiente:
- Crear una Política de Tratamiento de Información (PTI) que cumpla todos los requisitos que exige la regulación colombiana. Dicha PTI debe ser puesta en conocimiento de los titulares de los datos domiciliados o residentes en el territorio colombiano.
- Implementar un mecanismo o procedimiento apropiado, efectivo y demostrable, para que al momento de solicitar la autorización de las personas les informen en idioma castellano, de manera clara, sencilla y expresa.
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- Adicionalmente, deberá conservar prueba del cumplimiento de lo previsto en dicho artículo y cuando el titular de dato lo solicite, entregarle copia de ésta.
- Registrar sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, respecto de los datos que recolectan o tratan en el territorio de la República de Colombia sobre personas residentes o domiciliadas en el país.
En ese sentido, la SuperIndustria exhortó a WhatsApp LLC para que informe una dirección de correo electrónico, para recibir comunicaciones o notificaciones de actos administrativos.
“Lo anterior es muy importante para contar con un canal de comunicación expedito con miras a atender de forma inmediata aquellos requerimientos o decisiones que involucran la protección de los derechos humanos de millones de personas usuarias de los servicios de WhatsApp LLC”, explicó la SIC.
Esa entidad concluyó que el incumplimiento de estas órdenes acarrea investigaciones administrativas sancionatorias que pueden generar multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes, o la eventual suspensión de actividades de WhatsApp LLC en Colombia.