“Galán debe presentar plan de contingencia por anulación de La Rolita”: concejal Diana Diago
La concejal Diana Diago manifestó en La FM de RCN que Claudia López no presentó argumentos técnicos para la creación de La Rolita.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el decreto por el cual la administración de Claudia López creó la operadora pública de transporte 'La Rolita', argumentando que el Distrito no presentó los estudios técnicos necesarios para su implementación.
Tras esta decisión, Diana Diago, concejal del Centro Democrático, cuestionó en La FM de RCN los fundamentos de esta iniciativa e instó a la actual administración de Carlos Fernando Galán a dar soluciones efectivas ante el panorama jurídico y laboral que deja el fallo.
“Esto se veía venir desde el inicio del plan de desarrollo. Cuando Claudia López presentó en el Concejo de Bogotá el tema de La Rolita, no se presentaron estudios técnicos para darle vía,” afirmó Diago.
Según la concejal, desde ese momento, varios sectores advirtieron de la falta de bases legales y técnicas. “Bogotá no puede pasar de decisiones técnicas a decisiones emocionales. Galán tendrá que mirar qué hace porque está en un tema jurídico y en un problema ciudadano”.
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La concejal también expresó preocupación por la infraestructura y el personal de la operadora, que incluye más de 195 buses eléctricos y conductoras que gestionan el 50% de las rutas de La Rolita.
Para Diago, la falta de estudios técnicos ahora representa una situación compleja que requiere pronta atención. “Galán ya sabía lo que se venía jurídicamente y su gerente de Transmilenio tenía que estar preparada para lo que se iba a venir con el fallo. Se deben organizar muchas cosas en Transmilenio”, dijo.
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Diago enfatizó que, además de los costos significativos que La Rolita representó para la ciudad, es crucial una revisión cuidadosa de las decisiones a futuro, tanto para los empleados como para los usuarios del sistema.
“El 50% de las rutas son manejadas con mujeres, entonces se debe mirar qué va a pasar con ese personal, cómo va a ser esa creación de un operador”, manifestó.
Finalmente, Diago advirtió que la situación de La Rolita es más compleja al abarcar también la operación de los cables de Ciudad Bolívar, lo que aumenta la necesidad de una planificación de contingencia por parte de la administración actual.
¿Qué dice el fallo del Tribunal?
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la nulidad del artículo 91 del Acuerdo 761 de 2020, que autorizaba la creación de una empresa pública para gestionar el transporte en Bogotá. La decisión argumenta que no se cumplieron los requisitos legales necesarios para justificar la creación de esta entidad, lo que pone en pausa los planes del Distrito para mejorar la movilidad en la ciudad.
Este artículo, parte del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024 propuesto por la alcaldía de Claudia López, tenía como objetivo fortalecer el sistema de transporte público. Sin embargo, el Tribunal determinó que la norma carecía del estudio técnico y financiero exigido por la Ley 489 de 1998 para avalar la creación de la entidad.
El fallo enfatiza que cualquier nueva entidad pública debe estar respaldada por un análisis detallado que pruebe su viabilidad. En este caso, el Tribunal concluyó que no se presentaron los documentos necesarios para justificar la creación de la Operadora Distrital de Transporte. “El estudio requerido no fue presentado, lo que hace inviable la creación de la entidad”, puntualizó la decisión.
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Aunque el Distrito sostuvo que el Plan de Desarrollo incluyó debates sobre el proyecto, el Tribunal afirmó que estos no sustituyen el requisito legal de un estudio formal.
Desde la Alcaldía se argumentó que la creación de esta empresa pública era fundamental para ampliar la cobertura del sistema de transporte en las zonas más necesitadas de Bogotá. Sin embargo, con la anulación del artículo, la administración queda sin esa herramienta para avanzar en sus planes.
El Tribunal rechazó los argumentos de que esta decisión afectaría gravemente a la ciudad, señalando que cualquier consecuencia negativa de esta anulación recae en la administración por no haber cumplido con los procedimientos legales establecidos.