Cambió el Pico y Placa en Bucaramanga: así funcionará para este sábado 26 de octubre
El Pico y Placa en Bucaramanga cuenta con un nuevo esquema tras la rotación que se presentó el pasado 1 de octubre.
Mediante la Resolución 626 de 2023, se implementó un nuevo esquema de Pico y Placa en Bucaramanga con una rotación que aplica cada tres meses. La más reciente actualización entró en vigencia el pasado 1 de octubre, trayendo consigo cambios significativos respecto al esquema anterior.
Según indica la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, esta restricción aplica a todos los vehículos de servicio particular y público (con excepción de los taxis, que cuentan un esquema diferente). También incluye a vehículos oficiales, diplomáticos, consulares, de importación temporal y de matrícula extranjera.
A diferencia de otras ciudades de Colombia, la medida se extiende en la capital de Santander los días sábados, con un horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., mientras que de lunes a viernes se aplica entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
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¿Cómo funcionaba el Pico y Placa en Bucaramanga?
¿Cómo funcionará para este sábado 26 de octubre?
El Pico y Placa en Bucaramanga para este sábado 26 de octubre aplica para los vehículos con placas terminadas en 3 y 4 en un horario que va desde las 9:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde.
⚠️#Recuerde
Este martes 1 de octubre rota el #PicoyPlaca para vehículos particulares, tenga presente cómo quedan los dígitos y prográmese con tiempo. Evite sanciones.#BGAvanzaSegura pic.twitter.com/rz559i3Xph— Transito Bucaramanga (@transito_bga) September 30, 2024
¿Qué vehículos están exentos del Pico y Placa en Bucaramanga?
Las autoridades de tránsito de Bucaramanga también definieron aquellos vehículos que están exentos de la medida; por lo tanto, no necesitan una autorización especial para circular. Estos son:
- Vehículos destinados a servicios funerarios.
- Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
- Vehículos eléctricos matriculados.
- Vehículos de transporte público de pasajeros.
- Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
- Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
- Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
- Vehículos propiedad de medios de comunicación.
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Cabe señalar que quienes incumplan esta restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos, lo que equivale a unos 650.000 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito en Colombia.