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Estos son los nuevos cambios que tendrán los contratos de prestación de servicios: tome nota

Tras la aprobación de la reforma pensional, los contratos de prestación de servicios tendrán gran cambio. Aquí le contamos de qué se trata.

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Actualizado:
Martes, Agosto 20, 2024 - 16:08
Contratos prestación de servicios
El contrato de prestación de servicios es un acuerdo de carácter civil.
Pexeles

En julio, el presidente Gustavo Petro sancionó la reforma pensional, un proyecto que, aunque atravesó varios obstáculos en el Congreso, fue finalmente aprobado después de realizarse algunas modificaciones. El propósito central de esta reforma es garantizar una vejez digna para todos los colombianos, mediante la implementación de un Sistema Integral de Protección a la Vejez. Este sistema incorpora una serie de programas destinados a ampliar la cobertura y mejorar los beneficios para los adultos mayores en el país.

Petro enfatizó que, debido a un sistema pensional que calificó como "injusto y desigual", solo uno de cada cuatro ciudadanos alcanza la edad de jubilación con derecho a una pensión justa, y únicamente una de cada ocho mujeres logra pensionarse en Colombia. "Nuestro país es el segundo con mayor desigualdad social en la vejez en toda América Latina, solo superado por Haití", afirmó el presidente el pasado 16 de julio.

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Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), solo el 18% de los colombianos logra pensionarse, lo que resalta la necesidad de esta reforma para combatir la desigualdad en la tercera edad.

Contrato de prestación de servicios
Reforma pensional de Gustavo Petro busca garantizar una vejez digna para todos los colombianos.
Freepik / katemangostar

Cambios en los contratos de prestación de servicios tras la reforma pensional

Uno de los puntos más relevantes de la reforma es la nueva obligación para los empleadores de descontar y pagar directamente las cotizaciones a pensiones de sus trabajadores, eliminando la necesidad de que los empleados adelanten el pago de su seguridad social. Esta disposición pretende evitar que los trabajadores declaren ingresos inferiores a los reales, un problema común que afectaba a muchos profesionales.

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Asimismo, la reforma establece que aquellos trabajadores que no cumplan con los requisitos para acceder al régimen de transición deberán cotizar los primeros 2,3 salarios mínimos en Colpensiones, mientras que cualquier excedente será canalizado hacia un fondo privado. Este cambio impone nuevos desafíos a los departamentos de recursos humanos, que deberán gestionar la información laboral de los empleados con mayor eficiencia para garantizar el cumplimiento de las nuevas normativas.

Cambios en los contratos de prestación de servicios y contratos a término indefinido y fijo

La reforma también incluye la eliminación de los contratos de prestación de servicios, que serán reemplazados por "contratos de trabajo por la duración de una obra o labor". En este esquema, los empleados tendrán derecho a todas las prestaciones sociales durante el tiempo que dure su labor.

Contratos de prestación de servicios se acabarían
Este cambio impone nuevos desafíos a los departamentos de recursos humanos.
Pixabay

Otro cambio importante que entrará en vigor a partir del 15 de julio es la reducción de la jornada laboral. Esta medida, que fue aprobada hace más de cuatro años, tiene como objetivo disminuir la carga horaria de los trabajadores, pasando de 48 a 46 horas semanales. A partir de 2025, la jornada laboral se reducirá una hora por año hasta llegar a 42 horas semanales.

  • Reducción de jornada laboral: Los empleadores podrán ajustar los horarios de sus empleados para cumplir con la nueva normativa o llegar a un acuerdo para el pago de horas extras.
  • Modificación de horarios nocturnos: Los horarios nocturnos también se verán afectados, ya que comenzarán a partir de las 7:00 p.m. en lugar de las 9:00 p.m., lo que tendrá implicaciones en el cálculo del pago de horas extras.

Por último, los contratos a término indefinido seguirán vigentes hasta que se cumplan las condiciones establecidas por la ley. Los empleados podrán dar por terminado este tipo de contrato mediante un aviso con treinta días hábiles de anticipación, lo que permitirá al empleador encontrar un reemplazo adecuado.

Fuente:
Sistema Integrado Digital