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La nueva base gravable de vehículos, explicada por la ministra de Transporte

Natalia Abello contó en LA F.m. los pormenores de las tablas que regirán para automóviles, camperos, camionetas y motocicletas, entre otros. 

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Febrero 26, 2016 - 10:11

Estas fueron sus explicaciones en LA F.m. de Natalia Abello, ministra de Transporte


 



 


A continuación encontrará el instructivo de utilización de las tablas de bases gravables para vehículos tipo automóviles, camperos, camionetas, motocicletas y motocarros. 


 


Para conocer la base gravable de los vehículos tipo automóviles, camperos y camionetas, se utiliza la tabla No. 1.


 


Para las camionetas doble cabina les corresponde la tabla No. 2. 


 


En el caso de las motocicletas, motocarros y cuatrimotos se utilizan las tablas No. 3, 4 y 5.


 


Por último, para carros eléctricos, se deben ubicar en la tabla No.6 


 


Para vehículos de transporte de carga y pasajeros, determínese como base gravable para el año fiscal 2016 el valor indicado correspondiente en las tablas anexas.


 


Fuente:
Sistema Integrado Digital