Medida de pico y cédula y toque de queda se prolonga en Cartagena
El alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, confirmó la medida para mitigar los casos de coronavirus.
El alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, expidió el decreto 0531 del 7 mayo de 2021, en que se extienden las medidas para mitigar la situación epidemiológica causada por la el covid-19 en la ciudad.
Con este nuevo decreto, se mantienen las restricciones de toque queda y el pico y cédula para el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, mercado de Bazurto y supermercados en general.
Con este nueva disposición del alcalde, entre semana de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. se permitirá el tránsito de chivas turísticas, y durante los fines de semana, desde 9:00 a.m. hasta las 12:00 p.m.
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Por otra parte, se permitirá el uso de playas hasta mediodía durante los fines de semana, y desde las 8:00 a.m. hasta las 2:00 p.m. de lunes a viernes, cumpliendo todas las medidas de bioseguridad.
Entre tanto, la administración instó a los rectores de los colegios en la ciudad, permanecen en clases virtuales.
Toque de queda
El decreto estipula que, de lunes a viernes, el toque de queda inicia a las 8:00 p.m. y termina a las 5:00 a.m. del día siguiente. Por otra parte, los fines de semana iniciará desde las 2:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.
Pico y cédula
Se restringe el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general, por lo que, exclusivamente se autoriza el acceso y circulación de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad, el día correspondiente.
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- Lunes 10 de mayo: pares
- Martes 11 de mayo: impares
- Miércoles 12 de mayo: pares
- Jueves 13 de mayo: impares
- Viernes 14 de mayo: pares
- Sábado 15 de mayo: impares
- Domingo 16 de mayo: pares
Se mantiene prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.