¿Lo pueden multar por llevar cinco pasajeros en su vehículo? Pilas a la norma
Tome nota a la capacidad máxima en los vehículos.
Una dura polémica se desató recientemente en las redes sociales por un presunto abuso de autoridad cometido por parte de las autoridades de tránsito.
Un sujeto alegó haber recibido una sanción por parte de los agentes de tránsito por ir transportando a cinco personas en su vehículo.
El hombre no ocultó su malestar por cuenta de la sanción recibida y dijo que la multa no era correcta por parte de los uniformados.
Lo cierto es que la norma es clara y el número máximo de ocupantes de un vehículo aparece en todas las tarjetas de propiedad de los carros.
En el documento aparece el número exacto de los ocupantes y no puede haber sobrecupo porque puede ser blanco de las autoridades.
Capacidad máxima en un carro, ¿Qué dice la norma?
El Código Nacional de Tránsito, la hoja de ruta sobre el tránsito de los vehículos en Colombia, establece la capacidad máxima de ocupantes en un vehículo.
El artículo 2 de la Ley 769 de 2002 cita:
Capacidad de pasajeros: Es el número de personas autorizado para ser transportados en un vehículo.
Conductor: Es la persona habilitada y capacitada técnica y teóricamente para operar un vehículo.
De ahí entonces que lo mejor al momento de interpretar y acatar la norma es que el número de sillas es directamente proporcional al número de ocupantes máximo.