Tras desplome de ascensor en Palacio de Justicia de Cali, ¿quién responde?
El accidente con el ascensor del Palacio de Justicia de Cali cobró tres vidas.
Este miércoles se registró un hecho lamentable en el que dos personas murieron y otras cuatro resultaron heridas luego de que un ascensor del Palacio de Justicia de Cali se desplomara. Lo sucedido puso sobre la mesa el debate acerca de la seguridad de estos mecanismos y la regulación por parte de entidades públicas.
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En el accidente seis personas que habrían quedado atrapadas de un momentos a otro sufrieron una aparatosa caída desde el sexto piso hasta el sótano de la edificación.
Según las primeras indagaciones de las autoridades, el ascensor no se encontraba en condiciones óptimas para su funcionamiento. Sin embargo, Clara Inés Ramírez Sierra, directora de administración judicial del Valle, negó que el ascensor que sufrió la emergencia hubiera presentado inconvenientes recientemente.
Actualmente no existe una reglamentación a nivel nacional que regule el uso y mantenimiento de los ascensores en el país. Por el contrario, algunas ciudades han hecho esfuerzo por garantizar la seguridad de los ciudadanos al utilizar transporte vertical (ascensores y escaleras eléctricas).
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Cali, donde se registró el accidente, no cuenta con una regulación vigente. Solo tres ciudades del país han implementado este tipo de normas: Bogotá (acuerdo 470 vigente desde el 2011- Res. 092 2014), Medellín (el decreto 215 vigente desde el 22 de abril de 2016) y Cartagena (acuerdo 016 de 2016).
En los tres casos se estipula que se debe hacer, como mínimo, un mantenimiento anual a cada ascensor, y son los administradores o propietarios de los edificios los que deben contratar el servicio ante una de las trece empresas certificadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac).
En cada una de esta ciudades hay una entidad local encargada de verificar el estado de los ascensores. En el caso de Bogotá, por ejemplo, es el Instituto Distrital de Gestión de Riesgo (Idiger), que debe hacer visitas periódicas a los edificios que tengan este tipo de elementos.
Sin embargo, la norma establece que en caso de alguna anomalía, los ciudadanos pueden dar aviso a la Policía o la Alcaldía Local, que deberá informar al Idiger, y en caso de confirmarse falta de mantenimiento, se impondrán sanciones al edificio.
Pese a esto, el panorama actual es preocupante. La ciudadanía y administradores a menudo desconocen la norma, y en las demás ciudades del país no hay reglamentación que garantice la seguridad de los usuarios. A esto se suma que muchas veces se contrata para realizar mantenimiento a empresas que no están certificadas por el Onac.
Esto provocó que entre enero de 2016 y diciembre del 2017 se registraran 837 emergencias reportadas a las autoridades solo en Bogotá.