Cambios en turnos laborales en medio de pandemia: Mintrabajo dio las pautas
El ministro Ángel Custodio Cabrera se pronunció también sobre el cambio del subsidio de transporte a uno de conectividad.
El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que dada las circunstancias que afronta el país por el coronavirus y el proceso que se inició para la reactivación económica, el Gobierno abrió las puertas para que las empresas puedan cambiar los turnos de sus trabajadores pero bajo ciertas condiciones.
En diálogo con La FM, explicó que por ejemplo una empresa que tiene 200 trabajadores se le hará muy difícil aplicar el debido protocolo de bioseguridad, en el que se estipula el distanciamiento físico si no se aplican los cambios de turno para que no haya aglomeración en la edificación, razón por la que autorizaron que pueda darse.
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“Los empleados no pueden llegar a la misma hora, entonces estamos abriendo posibilidades que manejen los turnos que requieran, pero deben ser concertados con los trabajadores”, aseguró.
Además dejó en claro que en aquellos casos donde la jornada laboral normal supere las horas de ley, es decir ocho, pasando por ejemplo a 10 horas, el empleador debe reconocer las respectivas horas extras y los recargos nocturnos a sus empleados.
“Esto es simplemente una facilidad para poder operar”, puntualizó.
Sobre el teletrabajo, el ministro indicó que para beneficiar a los trabajadores que ganan entre uno y dos salarios mínimos, el Gobierno les pidió a las empresas pagarles lo que antes era el subsidio de transporte como un subsidio de conectividad.
“El subsidio de transporte se estaba descontando, entonces le decimos a las empresas: lo que pagaba, ahora no lo pague como subsidio de transporte sino como de conectividad y de esa manera se puede compensar esa situación en la cual el trabajador incurre al usar la red. Es una compensación para el trabajador”, agregó.
Entrevista en La FM con el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera
Fue enfático en que estos subsidios no son acumulables y no se consideran salario para efecto de prestaciones sociales.