¿Cuál sería el salario de Laura Sarabia si no hubiera salido del Gobierno?
Conozca cuánto ganaría Laura Sarabia si hubiera seguido en el cargo de jefe de gabinete presidencial.
Desde el 2 de junio entró en vigencia el Decreto 0904 de 2023, con el cual el Gobierno Nacional establece un aumento salarial del 14.62% para funcionarios públicos. Los ministros firmaron el decreto con los respectivos sueldos.
En medio de la polémica que envuelve a Laura Sarabia por el tema de la exniñera y la chuzadas que se han revelado en los últimos días, a los colombianos les surgió la duda de cuánto es el salario que hubiera recibido si siguiera en su cargo como jefe de gabinete presidencial.
Recordemos que el presidente de Colombia, Gustavo Petro, confirmó que tanto Sarabia como el embajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti, salen del Gobierno Nacional.
“Mientras se hacen las investigaciones pertinentes, mi funcionaria querida y estimada, con el embajador de Venezuela, se retiran del Gobierno para que desde el poder que implican esos cargos no se pueda tener ni siquiera la desconfianza de que se van a alterar las investigaciones”, expresó el mandatario.
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De acuerdo con el artículo 4 del Decreto 0904 de 2023, “a partir del 10 de enero de 2023, la remuneración mensual del director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la establecida por las disposiciones legales para los directores de Departamento Administrativo, en los mismos términos, condiciones y cuantías”.
Esto quiere decir, que Laura Sarabia si siguiera en el cargo recibiría un salario de $12.791.003.
Además, tenía derecho a una prima técnica. “Quienes ocupen los empleos de Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alto Comisionado, Jefe de Despacho Presidencial, Secretario Jurídico, Secretario de Transparencia, Jefe de Casa Militar y Jefe para la Protección Presidencial podrán optar por la prima técnica por estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, en los mismos términos y condiciones señalados en los Decretos 2164 de 1991, 1336 de 2003, 2177 de 2006 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan”, dice el decreto.
Por otro lado, recibiría una bonificación de dirección, que según el artículo 16 del decreto, “los empleos de director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República […] percibirán en las mismas condiciones y cuantía, la bonificación de dirección establecida en el Decreto 3'150 de 2005 compilado en el Decreto 2699 de 2012 y demás normas que modifiquen, adicionen o sustituyan”.
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Adicionalmente, ganaría por horas extras, dominicales y festivos. “el director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República […] tendrán derecho a devengar horas extras, dominicales y días festivos, siempre y cuando laboren en jornadas superiores a cuarenta y cuatro (44) horas semanales”, afirma el decreto.