Dian reveló el calendario tributario de 2025: tome nota de las fechas para declarar renta
Cada ciudadano deberá declarar renta de acuerdo a los dos últimos dígitos de su NIT.
El Gobierno Nacional estableció las fechas clave para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en 2025, según lo dispuesto en el Decreto 2229 de 2023.
Estos plazos son fundamentales para los contribuyentes que deben presentar y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementario, entre otros tributos.
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Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas deberán presentar su declaración entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, dependiendo de los dos últimos dígitos de su NIT. Esta obligación corresponde al año gravable 2024.
Para lo anterior, el año entrante se tendrá en cuenta como el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) $49.799.
En el caso de los grandes contribuyentes, incluidos las personas naturales, jurídicas, y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, los plazos para el pago de este impuesto se distribuyen en tres cuotas. La primera cuota deberá pagarse entre el 11 y el 24 de febrero, la segunda entre el 9 y el 24 de abril, y la tercera entre el 11 y el 25 de junio.
Además, aquellos contribuyentes obligados al pago de puntos adicionales del impuesto sobre la renta, como las instituciones financieras y generadores de energía eléctrica a partir de recursos hídricos, deberán liquidar un anticipo para el año 2025. Este anticipo se pagará en dos cuotas, la primera entre el 9 y el 24 de abril, y la segunda entre el 11 y el 25 de junio.
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Las personas jurídicas, a diferencia de los grandes contribuyentes, deberán presentar la declaración y pagar el Impuesto sobre la Renta en dos cuotas: la primera entre el 12 y el 23 de mayo, y la segunda entre el 9 y el 22 de julio. También deberán cumplir con la actualización anual de su registro en el Régimen Tributario Especial antes del 30 de junio.
El calendario también incluye fechas específicas para quienes estén sujetos a otros impuestos, como el IVA, el Impuesto Nacional al Consumo, y la retención en la fuente los cuales podrán ser consultados a través de https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2025.pdf.