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Esto es lo que tiene que saber sobre la Ley borrón y cuenta nueva

Las personas que tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo, recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas.

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Actualizado:
Sábado, Octubre 30, 2021 - 09:26
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Colprensa

Tras la sanción presidencial de la ‘Ley Borrón y Cuenta Nueva’ los colombianos que se encuentran reportados en las centrales de riesgo, es decir, en el sistema de datacrédito que, sí pagaron su deuda, podrán salir del reporte negativo

Esta Ley establece que la amnistía será por única vez para quienes se pongan al día en los 12 primeros meses de vigencia de la Ley o ya lo hayan hecho con anterioridad. Una vez extinguidas las obligaciones en mora, los titulares verán eliminados sus reportes negativos en máximo 6 meses

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De acuerdo con el senador David Barguil, autor de la normativa, para el caso de las obligaciones que hubieran permanecido en mora por un período inferior a 6 meses el reporte negativo se eliminará cuando se cumpla el mismo tiempo de la mora.

El senador Luis Fernando Velasco y también autor de la Ley, indicó que "con esta firma, de entrada se borran 7 millones de reportes negativos que tenían los colombianos" y explicó que "si usted hace 6 meses se puso al día, hizo un acuerdo de pago o pagó, ya tiene derecho al beneficio inmediato".

También se establece que los estudiantes con créditos educativos del Icetex, pequeños productores, jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas del conflicto armado que extingan su deuda saldrán inmediatamente del reporte negativo sin esperar ningún plazo.

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Esta ley establece entre otras cosas, prohibir la consulta a las Centrales de Riesgo para otorgar un empleo, excepto para empleados del sector financiero. De igual manera, las personas que tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo (menos de $136.279) recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y otra comunicación). 

Finalmente, serán eliminados los reportes negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por el Covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, siempre que los titulares de la obligación hayan intentado una reestructuración de la obligación. (De continuar la mora, posteriormente al 31 de diciembre de 2020, sí se reanudará el reporte).

 

 

Fuente:
Sistema Integrado de Información