¿Fondos de empleados están obligados a hacer préstamos a contratistas?
Esta es una alternativa con amplias facilidades en comparación con otras opciones del mercado financiero.
Los fondos de empleados se han convertido no solo en una opción de ahorro, sino en una alternativa de solución financiera para los colombianos. Sus recursos, además de utilizarse para créditos de consumo y libre inversión, son destinados al sector educativo, de salud, alimentación y hasta para suplir alguna calamidad doméstica.
Según registros de la Superintendencia de Economía Solidaria, en el país hay alrededor de un millón de personas asociadas a los más de mil quinientos fondos de empleados registrados en la entidad.
Aunque lo ideal es que estos fondos solo presten dinero a sus colaboradores directos, la ley 1391 de 2010 instituye otra opción.
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Si el estatuto interno de la compañía así lo establece, puede facilitar recursos a contratistas, trabajadores asociados, pensionados, funcionarios públicos o a quienes sean familiares de algún empleado.
Es decir, los fondos de empleados que presten recursos a contratistas o terceros no estarían violando la ley, pues sería resultado de lo establecido en el estatuto.
Pequeñas empresas, en desacuerdo con el beneficio
Según Acopi, gremio de las medianas y pequeñas empresas, los fondos de empleados, al ser administrados y controlados por sus propios asociados, quienes gozan de los descuentos especiales de las entidades o establecimientos ofrecidos al sector solidario, solo deben prestar dinero a quienes tengan vinculación directa con la compañía, pues los recursos provienen de sus ahorros.
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La organización gremial sostiene que como lo dicta el decreto 1481 de 1989, un fondo de empleados es una empresa asociativa de derecho privado constituida por trabajadores dependientes.
Colombia, país pionero del modelo
El sistema de fondos de empleados nació en Colombia hace cerca de 80 años en territorio paisa con las “natilleras”, como una forma primitiva de organización en la cual, mediante el ahorro programado durante un tiempo determinado, se satisfacían celebraciones tradicionales o pequeñas necesidades de la comunidad.
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Después de expandirse por todo el país sin un marco jurídico propio se buscó su incorporación dentro del derecho colombiano y la legislación laboral para facilitar actividades de ahorro, crédito y recreación.