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Nueva reforma pensional: lista de personas que podrán pensionarse con 1.150 semanas cotizadas

El beneficio se otorgará a través del pilar semicontributivo de la nueva normativa firmada por el Gobierno nacional. Estos son los detalles.

Publicado:
Actualizado:
Sábado, Octubre 12, 2024 - 19:10
Pensiones
Conozca cuáles son los trabajadores que pueden pensionarse con 1.150 semanas cotizadas.
Colprensa/Pexels

Cuando se habla de una pensión en Colombia, se trata de una prestación económica que reciben los ciudadanos después de retirarse de su vida laboral, y con la que garantizan su protección y la de sus familias durante su vejez.

Para acceder al beneficio económico, un trabajador debe haber cotizado 1.300 semanas a lo largo de su vida laboral, lo cual equivale aproximadamente a 26 años, y cumplir con la edad de pensión correspondiente, la cual es de 57 años para mujeres y 62 para hombres.

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Aunque la normativa exige 1.300 semanas, muchos desconocen que gracias a la nueva reforma pensional, una persona también puede jubilarse con 1.150 semanas cotizadas, siempre y cuando haga parte de ciertos escenarios.

Cotizar en los fondos de pensiones
Entre los requisitos para pensionarse en Colombia está tener 1.300 semanas cotizadas.
Freepik

Cuáles son la personas que pueden pensionarse con 1.150 semanas cotizadas

De acuerdo con la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional, si un trabajador cotizó 1.150 semanas en su vida laboral, podrá acceder al pilar semicontributivo de esa nueva ley.

El pilar semicontributivo corresponde a una de las columnas vertebrales del nuevo sistema pensional del país, a través del cual las personas afiliadas al sistema, hombres de 65 años y mujeres de 60 que no cumplan los requisitos para una pensión, recibirán un beneficio económico financiado con sus propios aportes y una contribución del Estado.

La norma contempla de esa manera que aquel trabajador que no cumpla con los requisitos completos para acceder a una pensión, recibirá una mesada vitalicia que combina sus ahorros con un subsidio del Estado.

Colpensiones, una pareja de adultos mayores y billetes
Imagen de archivo. La persona que tenga 1.150 semanas cotizadas recibirá una mesada vitalicia que combina sus ahorros con un subsidio del Estado.
Colpensiones - Pexeles

Tenga en cuenta que esta ley, que reforma el sistema de pensiones de Colombia, entrará en vigencia hasta junio de 2025, por lo que el mencionado beneficio solo aplicará una vez la nueva normativa entre en rigor.

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¿Me puedo pensionar con 1.150 semanas en los fondos privados?

El Ministerio de Justicia explicó que el derecho a pensionarse con 1.150 semanas se conoce como "garantía de pensión mínima", que es "una pensión que se otorga a las personas que son afiliadas al régimen de ahorro individual y que al cumplir la edad de pensión, no han alcanzado a generar la pensión de vejez, ya que no cuentan con el capital necesario".

"Por ello, el Estado de manera solidaria les completa lo que hace falta para obtener dicha pensión", precisó la cartera de Justicia. 

Para aclarar el caso, el Ministerio ejemplificó dos casos:

  • Yolanda cuenta con 70 años de edad, e inició su vida laboral cuando contaba con 50 años de edad. A la fecha, no cuenta con el capital suficiente para obtener una pensión de vejez, pero cuenta con 1.152 semanas cotizadas al fondo privado. Yolanda quiere saber si se puede pensionar en este momento en el fondo de pensiones privado.  
  • José cumplió los 62 años, no ha podido realizar cotizaciones a pensión hace un año ya que está desempleado. A la fecha, tiene cotizadas 1.150 semanas. Él quiere saber si con esas 1.150 semanas puede solicitar al fondo privado el reconocimiento de una pensión.
La respuesta, dijo el Ministerio de Justicia, es que "para estos y otros casos similares, usted podrá presentar ante el fondo privado una solicitud de reconocimiento de pensión de vejez por garantía de pensión mínima". Para llevar a cabo el proceso, debe seguir el paso a paso que se encuentra AQUÍ.
Fuente:
Sistema Integrado Digital