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Se extiende el tiempo para cambios o reposición de productos

A través del decreto 686, el Ministerio de Comercio amplió otros plazos relacionados con el sector comercio, industria y turismo.

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Actualizado:
Jueves, Mayo 28, 2020 - 11:10
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Foto de archivo de Colprensa

Ante las dificultades que tienen algunos usuarios para movilizarse por cuenta del aislamiento preventivo obligatorio, el Ministerio de Comercio anunció la suspensión de los términos bajo los cuales un consumidor puede hacer efectiva la garantía de un producto.

En ese sentido, se suspendieron los términos para que se efectúe la reparación o reposición de un producto o la devolución del dinero, en caso de ser aceptado el reclamo.

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Según el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, con esta medida se busca dar un tiempo adicional que beneficie tanto a empresarios como a consumidores en lo relacionado con devoluciones y garantías de los productos.

“Mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio, estos plazos, al igual que el término para que el consumidor haga efectiva la garantía que está vigente, quedan suspendidos y se reanudarán una vez se levante la medida”, añadió.

Es de mencionar que en condiciones normales, un consumidor tiene 30 días hábiles para hacer devolución de su producto ante el establecimiento donde lo compró y diez días cuando se trata de una reposición.

Sin embargo, el decreto aclara que esta medida no aplica para aquellos productos que el Gobierno Nacional cataloga de primera necesidad y que hayan sido adquiridos durante el período de aislamiento preventivo obligatorio.

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“Así lo establece el Decreto 686, del 22 de mayo de 2020, en el que también se extienden otros plazos relacionados con el sector de Comercio, Industria y Turismo”, se indica.

“Por ejemplo, los usuarios de Plan Vallejo que deban presentar el estudio de demostración del compromiso de exportación, en desarrollo de los programas de materias primas, bienes de capital, repuestos y exportación de servicios, tendrán seis meses más para exportar y presentar el cumplimiento del programa”, señala el Ministerio de Comercio

Así mismo, para los planes de reposición se amplió seis meses para utilizar dicho beneficio en las declaraciones de importación ante la Dian.

Por su parte, y para el primer semestre del año, “las zonas francas podrán presentar un solo informe de cumplimiento de actividades y compromisos y no dos como está establecido (uno por trimestre). Esto se podrá hacer el 30 de julio”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información