¿Se pierde la pensión de sobrevivientes si una persona se casa otra vez?: esto dice la Ley
La pensión de sobrevivientes se otorga para cubrir a los beneficiarios de un titular en caso de que fallezca.

El Sistema General de Pensiones en Colombia contempla el pago de una pensión de sobrevivientes que, como su nombre lo indica, se le otorga a los familiares de un empleado fallecido con el objetivo de que estos tengan una base económica para subsistir.
Según indica el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, los beneficiarios de esta compensación son los siguientes:
- Cónyuge o compañero permanente
- Hijos menores de edad
- Hijos entre 18 y 25 años de edad que se encuentren estudiando
- Hijos con discapacidad
- Padres y hermanos con discapacidad que dependan económicamente del pensionado.

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¿Qué tipos de pensión de sobrevivientes hay?
De acuerdo a esta misma ley, la pensión de sobrevivientes puede ser de tres tipos: permanente, temporal o compartida. Sin embargo, también se puede heredar a un familiar, por lo que el cónyuge, los hijos, los padres y los hermanos son los principales beneficiarios, tal como sucede con la pensión vitalicia.
En el caso de los cónyuges, para poder acceder a este tipo de pensión, debe cumplir con las condiciones que están descritas en el artículo 47 de la Ley 100 de 1993.
"El cónyuge o compañera (o compañero) permanente que, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad, o, teniendo menos de 30 años de edad, haya tenido un hijo con el fallecido. En tal caso, se debe acreditar una convivencia de por lo menos cinco años anteriores al fallecimiento del causante".
Si bien una persona entra a recibir la pensión de sobrevivientes en caso de que su pareja fallezca, también puede seguir cotizando en su fondo de pensiones para aspirar a su propia jubilación. En ese caso, no dejará de recibir la primera incluso si llega a contraer nuevas nupcias.
"La pensión de sobrevivencia no se pierde. Incluso si la persona beneficiaria vuelve a organizar su vida con otra pareja, no pierde este derecho", explicó Germán Linares, experto en seguridad social, consultado por La FM.
En ese orden de ideas, una persona puede seguir realizando aportes a su fondo de pensiones sin importar que ya se encuentre cobijado por la pensión de sobrevivientes; por lo tanto, podrá recibir las dos cuando ya cumpla su período de jubilación.
"Una persona puede tener la pensión de sobreviviente y, al mismo tiempo, seguir cotizando a su pensión de vejez. Al final, tendrá derecho a recibir ambas pensiones", precisó Linares.

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¿Cómo se puede acceder a la pensión de sobrevivientes vitalicia?
El principal requisito para recibir la pensión de sobrevivientes de forma vitalicia es que el cónyuge sea mayor de 30 años. Además, la Ley 797 de 2003 también señala los siguientes aspectos: