Trabajadores pueden pagar impuesto predial con sus cesantías: Conozca cómo hacerlo
Tenga en cuenta los requisitos para pagar su impuesto predial con sus cesantías.
Impuesto predial es el pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien ajeno, debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en la respectiva jurisdicción del municipio o Distrito.
Tenga en cuenta que, si desea aprovechar el descuento en el pago de este impuesto, el plazo límite es el 26 de abril. Después de esta fecha, aún puedes pagar hasta el 14 de junio, pero sin el descuento aplicable.
Lea más: Cesantías 2024: Link para consultar su saldo actual
De igual manera, debe conocer que si tiene ahorros en cesantías que usualmente son utilizadas para fines de desempleo, estudio y vivienda también las puede utilizar para pagar este impuesto.
Por su parte, Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, explicó los pasos que debe realizar si quiere utilizar sus cesantías para este fin.
Tenga en cuenta estos documentos
El trabajador debe solicitar en su empresa una carta que tenga la siguiente información: el nombre del afiliado y datos de identificación, especificar el concepto del retiro, el valor autorizado y la identificación del beneficiario (entidad territorial que recibe el pago del predial).
Lea también: Cesantías en Colombia: ¿Por qué trasladarlas al Fondo Nacional del Ahorro?
Tenga presente el saldo que tiene en el cuenta, pues es necesario para especificar el tipo de retiro que desea (parcial o definitivo).
Tenga en cuenta que puede retirar sus cesantías para pago de impuestos de la casa o el terreno edificable de propiedad del afiliado o su cónyuge y/o pareja permanente.