Visa americana: este es el castigo por quedarse más de seis meses en EE. UU.
Algunos migrantes pueden llegar a enfrentar un veto definitivo de ingreso al país. Conozca a qué casos aplican las sanciones y quiénes están exentos.
Si está pensando en viajar a los Estados Unidos en los próximos meses, es importante que conozca de antemano las sanciones a las que se expone si permanece en el país más tiempo del permitido, especialmente después de que el expresidente Donald Trump iniciara su plan de deportaciones masivas.
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“Si usted está en Estados Unidos sin que un oficial de inmigración lo admitiera o le haya otorgado un permiso de ingreso en el país, entonces comenzó a acumular presencia ilegal desde el día en que entró al país sin admisión o permiso de ingreso”, indicó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) en su página web.
Cuál es el castigo por estar más de seis meses en EE. UU.
En diálogo con Univisión Noticias, el abogado de inmigración Jose A. Guerrero recordó a los portadores de una visa americana que, aunque el documento sea válido por 10 años, el periodo máximo de estadía que este permite en suelo estadounidense es de seis meses.
@uninoticias 📌 ¿Cuáles son los castigos para quienes se quedan en EEUU más del tiempo autorizado con visa de turista? Lo explican el editor principal de inmigración de Univision, Jorge Cancino, y el abogado José Guerrero. 📲 No te pierdas #HablemosDeInmigración cada martes a las 7pm ET en el YouTube de Univision Noticias. #deportaciones #inmigración #visas #eeuu #estadosunidos #usa #uninoticias #univisionnoticias ♬ sonido original - Univision Noticias
Personas que están exentas de las sanciones
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos sin embargo aclaró que existe un grupo de personas que están exentas de estas sanciones, lo que significa que no se acumularán presencia ilegal en el país, siempre y cuando cumpla con alguno de estos criterios:
- Asilados y solicitantes de asilo: por lo general, el tiempo que una solicitud de asilo genuina está en trámite no cuenta como presencia ilegal.
- Menores: los extranjeros menores de 18 años de edad no acumulan presencia ilegal.
- Beneficiarios de Unificación Familiar: las personas que tienen protección bajo el programa de Unificación Familiar, como se provee en la sección 301 de la Ley de Inmigración de 1990, no acumulan presencia ilegal.
- Cónyuges e hijos maltratados: los autopeticionarios bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) y sus dependientes no acumulan presencia ilegal si pueden demostrar una conexión sustancial entre la agresión o crueldad extrema que es la base de la solicitud VAWA y la violación de los términos de la visa de no inmigrante del extranjero.
- Víctimas de formas graves de trata de personas: las víctimas de trata de personas que demuestran que una forma grave de trata fue al menos una razón principal por la que estaban presentes ilegalmente en Estados Unidos no acumulan presencia ilegal.
Para más información sobre la presencia Ilegal e inadmisibilidad a Estados Unidos, ingrese a la página oficial de la Uscis, AQUÍ.