¿Vuelo cancelado o retrasado? Conozca cuándo la aerolínea debe pagarle hotel en Colombia
La aerolínea tiene la obligación de brindarle una serie de beneficios, dependiendo del tiempo que haya tenido que esperar. Todo lo que necesita saber, aquí.
Intensas complicaciones se vivieron en los últimos días en el sector aéreo colombiano, luego que varias aerolíneas y aeropuertos se vieran obligados a cancelar o retrasar sus operaciones debido a la escasez de combustibles en el país.
Fuentes consultadas por el diario Portafolio informaron que hasta las 6:00 de la tarde del lunes 26 de agosto, Avianca canceló al menos 65 vuelos y proyectó otras 100 cancelaciones para el martes 27 de agosto, sumadas a las 36 cancelaciones anunciadas por Latam.
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Al ser dos de las aerolíneas más grandes de Colombia, cientos de pasajeros quedaron a la deriva sin saber cuáles son sus derechos y las obligaciones que tienen las compañías aéreas con ellos cuando los vuelos son retrasados o cancelados. Aquí le contamos todo lo que tiene que saber.
En caso de retrasos en los vuelos
En el caso de que la aerolínea retrase su vuelo, lo primero que tiene que hacer es verificar las causas de la demora, pues en ocasiones puede ser por motivos no imputables a la aerolínea, como por ejemplo condiciones meteorológicas o por circunstancias que pueden afectar su seguridad y la del vuelo.
Si los retrasos son por otros motivos, la Superintendencia de Transporte establece que la compañía aérea deberá compensarlo de la siguiente manera:
- Si la demora es mayor de 1 hora e inferior a 3: se suministrará al pasajero un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de 3 minutos.
- Mayor a 3 horas e inferior a 5: además de lo anterior, los alimentos respectivos según la hora (desayuno, almuerzo o cena).
- Mayor a 5 horas: además de lo anterior, una compensación adicional equivalente mínimo al 30% del valor del trayecto (en efectivo o la forma que usted autorice expresamente como tiquetes, bonos para tiquetes, millas, etc.).
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Cuándo tengo derecho a que me den hospedaje gratis
Si su vuelo fue retrasado por algún motivo imputable a la aerolínea, está deberá garantizarle el hospedaje gratis y los gastos de traslado del aeropuerto al lugar de hospedaje (y viceversa), cuando la demora del vuelo haya sido superior a 5 horas y cuando sobrepase de las 10:00 de la noche, de acuerdo con la Superintendencia.
Desde la entidad aclaran que este beneficio se entregará "a menos que usted acepte voluntariamente prolongar la espera cuando se prevea que el vuelo saldrá dentro de un plazo razonable".
En caso de cancelaciones de vuelos
Si su vuelo fue cancelado, usted tiene el derecho a desistir del mismo, dando paso al reembolso del dinero pagado. En el caso que usted decida continuar con el viaje, la Superintendencia establece que usted tendrá derecho a:
- Los gastos de hospedaje, si no se encuentra en su residencia, y los gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje.
- Una compensación adicional de mínimo el 30% del valor del trayecto, pagada en efectivo o la forma que usted autorice expresamente (tiquetes, bonos para tiquetes, millas, etc.).
Si desea conocer todos sus derechos y deberes como usuario de aerolíneas en Colombia, en esta guía rápida de la Superintendencia de Transporte encontrará todo lo que necesita saber: