Caso Jessica Cediel: Corte Suprema pidió investigar al Invima
El fallo de la Corte advierte que el producto que se vendió en el país era fraudulento, no era el original.
La Corte Suprema de Justicia ordenó investigar a funcionarios del Invima, en el marco de la condena de cuatro años de prisión contra el médico cirujano Martín Horacio Carrillo, que aplicó biopolímeros a la actriz y presentadora, Jessica Cediel.
Las investigaciones están encaminadas a determinar ¿por qué no se prendieron las alarmas o se expidieron alertas sobre el uso del producto Hialucorp?, que fue el que se le aplicó a la presentadora en los glúteos en cambio de ácido hialurónico.
“Se ocupe de investigar la posible responsabilidad de los funcionarios del INVIMA que, en el marco de sus competencias, omitieron librar las alertas sanitarias correspondientes cuando se percataron – desde 2008 – de los riesgos para la salud que el uso de dicha sustancia acarreaba para la salud de las personas”, se lee en el fallo.
Así mismo la Corte ordenó que se investigue si para la época de los hechos “ se conocía que el Hialucorp, al cual se le otorgó licencia bajo el presupuesto de ser ácido hialurónico, era en realidad silicona líquida”.
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“Resulta incomprensible que no se haya lanzado ninguna alarma al respecto (sobre lo cual coincidieron los testigos de ambas partes y quedó demostrado con la información otorgada al respecto por esa entidad), como también que la cancelación de la licencia no se hubiera hecho hasta el año 2011”, dijo la Corte.
A lo largo del fallo, se advierte por parte de los testigos que no hubo ninguna alerta sanitaria sobre el uso de ese producto antes del 2011, pero se lee que cuando la presentadora fue a reclamar al médico sobre su estado de salud luego de los biopolímeros, “ éste reconoció que existía un lote adulterado del producto, es decir, lo sabía desde antes”.
“Los verdaderos responsables del daño corporal sufrido por Jessica Cediel Silva fueron el Invima, la Secretaría de Salud, la Fiscalía y quienes distribuían el Hialucorp, pues aunque habían tenido quejas y denuncias sobre las calidades de ese producto, e incluso desde 2008 contaban con información indicativa de que en realidad no se componía de ácido hialurónico, «no hicieron nada al respecto» ni emitieron alertas”, se lee en el fallo.
El fallo de la Corte advierte que el producto que se vendió en el país era fraudulento, no era el original, porque en realidad nunca fue importado.
“El 9 de diciembre de 2011 el Invima canceló la licencia sanitaria de dicho producto tras advertir, a partir de información obtenida del Ministerio de Comercio, que nunca fue importado al país. Esto último indica que el Hialucorp vendido durante esos años en Colombia no era auténtico. Aunque su versión original, a la cual se otorgó licencia, al parecer sí estaba constituida de ácido hialurónico (de allí que sólo debía venderse en presentaciones de 2 centímetros cúbicos), el comercializado en el territorio era una versión fraudulenta”, dice el fallo.
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