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Cámara aprueba en primera vuelta el acto legislativo para la paz

Este miércoles la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en su cuarto de ocho debates el acto legislativo para la paz que pasará a segunda vuelta en Senado en marzo de 2016.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Diciembre 9, 2015 - 21:59

“Con la decisión de la plenaria de la Cámara el día de hoy queda listo solo pendiente de la conciliación el paquete legislativo y constitucional para la paz en Colombia en el año 2016”, señaló el ministro del Interior Juan Fernando Cristo.


 


Según el jefe de la cartera de Gobierno, "la ley que convoca el plebiscito y este acto legislativo, son dos instrumentos fundamentales para asegurar la legitimidad democrática de los acuerdos de La Habana y la implementación ágil, eficaz y fidedigna de los mismos acuerdos en el año 2016”.


 


Es importante destacar que la iniciativa que fue aprobada por la plenaria de la Cámara no sufrió modificaciones, y el texto quedó tal cual como fue votado en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes hace una semana.


 


Es así, como este acto legislativo permite que los proyectos de ley y acto legislativo solo sirvan para implementar los acuerdos que serán de iniciativa del Gobierno.


 


Asimismo los proyectos se debatirán en primer debate en La Comisión Legislativa Especial, integrada por los miembros de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara y 12 congresistas más elegidos por las mesas directivas.


 


Entre tanto, el segundo debate de los proyectos de ley será en las plenarias, y el segundo debate de los actos legislativos será en las plenarias y una vez aprobado pasa a promulgación y los cambios en los proyectos sólo podrán tener aval del Gobierno.


 


Cabe señalar que los proyectos de ley tendrán revisión previa por parte de la Corte Constitucional y este alto tribunal verificará que los proyectos de ley se ajusten exclusivamente a los acuerdos de Cuba y no tengan vicios de procedimiento, mencionando que este procedimiento especial para la paz solo podrá aplicarse cuando sean refrendados los acuerdos.


 


Ante las facultades especiales para el presidente, las mismas serán por 90 días (prorrogables por otros 90) siguientes a la entrada en vigencia de este acto legislativo y surtida la refrendación de los acuerdos y no podrán servir para: expedir actos legislativos, leyes estatutarias, leyes códigos, ni para decretar nuevos impuestos.


 


Los decretos tendrán control constitucional y solo deberán aplicarse cuando se firme y refrende el acuerdo y el gobierno presentará al congreso un informe sobre el cumplimiento de estas facultades, una vez éstas concluyan.


 


Durante los próximos 20 años se incluirá un plan de inversiones para la paz en el plan nacional de desarrollo donde se priorizarán las zonas y poblaciones más afectadas por el conflicto y a  inicio de cada legislatura el Presidente, la Procuraduría, Contraloría y Defensoría presentarán un informe sobre la inversión realizada durante el año anterior.


 


 


“Lo que ha sucedido en el día de hoy es la ratificación una vez más del compromiso del Congreso de la República con la paz de Colombia y la confianza de este Congreso en el liderazgo del presidente Juan Manuel Santos en la conducción de este país hacía el fin del conflicto”, enfatizó el ministro.


 


Por último le hizo un llamado a la oposición para que durante la segunda vuelta participen y así no estén de acuerdo con el proceso de paz den a conocer sus puntos de vista y los argumenten. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital