Gobierno pide "discutir" aval a la JEP para pruebas sobre extradición
Francisco Barbosa, consejero de DD.HH. y asuntos internacionales, respondió a la decisión de la Corte Constitucional.
Desde la Presidencia de la República se insistió para que el Congreso estudie la modificación propuesta sobre uno de los artículos objetados por el mandatario Iván Duque, que hace referencia a la práctica de pruebas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en casos de extradición.
Francisco Barbosa, consejero presidencial de Derechos Humanos y asuntos internacionales, manifestó que la decisión de la Corte Constitucional en la que establece que la JEP sí puede practicar pruebas en casos de extradición, debe pasar a un análisis profundo en el Legislativo.
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Barbosa indicó, a través de su cuenta oficial de Twitter, que el punto objetado por Duque habla sobre la inconveniencia de afectar el mecanismo de extradición como medio de cooperación.
“La Corte Constitucional señala que la JEP puede practicar pruebas. La objeción presidencial 5 trata sobre ese aspecto y sobre la inconveniencia de afectar el mecanismo de extradición como medio de cooperación. El Congreso de la República tendrá que discutir para decidir su modificación”, dice el trino de Barbosa.
La Corte Constitucional dio su primer coletazo este miércoles a las objeciones del presidente Ivan Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): tumbó dos artículos de la ley de procedimiento que habían sido incorporados por el Centro Democrático.
Corte Constitucional señala que JEP puede practicar pruebas. La objeción presidencial 5 trata sobre ese aspecto y sobre la inconveniencia de afectar el mecanismo de extradición como medio de cooperación. Congreso de la República tendrá que discutir para decidir su modificación
— Francisco Barbosa Delgado (@FrBarbosaD) March 14, 2019
Primero, el alto tribunal mantuvo la potestad de la JEP para practicar pruebas en procesos de extradición. De acuerdo con la Corte, el objetivo es que la jurisdicción verifique únicamente la fecha en que se cometieron los presuntos delitos para dar su concepto sobre la extradición.
Si se comenten delitos después de la firma del acuerdo de paz (24 de noviembre de 2016), el caso deberá pasar a la jurisdicción ordinaria. La Corte agrega que la extradición no procederá si se comprueba "un delito de comisión permanente como un secuestro o una plantación de coca".
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En segundo lugar, el alto tribunal tumbó las salas especiales para los militares que se han acogido a la JEP.
La Corte encontró que esa discusión no surtió todos los debates que deben cumplir las normas en el Congreso, es decir, fue un debate en que apareció en último momento, “irrespetando todo el proceso que la ley requiere”.