Ley seca por elecciones presidenciales, ¿sabe cuándo y desde qué horas?
El ministerio del Interior emitió el decreto que dictan normas para los comicios presidenciales.
El Gobierno Nacional, como es habitual en cada proceso electoral, dictó el decreto que establece una serie de medidas encaminadas a preservar el orden público. El ministerio del Interior emitió el decreto 847 de 2018 que establece una serie de parámetros a seguir antes, durante y después de las elecciones del próximo 27 de mayo.
Al margen de la decisión de quién será el próximo Presidente de la República, lo cierto es que hay varias medidas entre las que se destaca la ley seca y el cierre de las fronteras, con el propósito de mantener el orden público.
Medidas a seguir
Ley seca: queda prohibida y restringida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 p.m. del día sábado 26 de mayo, hasta las 6:00 a.m. del lunes 28 de mayo.
Porte de armas: quedan suspendidos los permisos del porte de armas de fuego en todo el país a partir del viernes 25 de mayo y hasta el miércoles 30 de mayo.
Tránsito de vehículos: alcaldes y gobernadores podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones y motocicletas (incluyendo parrillero), en desarrollo del proceso electoral para preservar el orden público.
Toque de queda: alcaldes y gobernadores podrán decretar el toque de queda en sus poblaciones por el tiempo que consideren necesario.
Transporte: sistemas masivos de transporte y empresas de transporte público que en general están obligados a prestar servicio público con mínimo el 80 % de su parque automotor con ocasión de los comicios.
Cierre de fronteras: se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados en frontera entre las 00:00 horas del 26 de mayo hasta las 4:00 p.m. del 27 de mayo. En la frontera con Venezuela, la medida regirá a partir de las 00:00 horas del 24 de mayo hasta las 00:00 horas del 28 de mayo.