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Así funcionará el Pico y Placa en Bucaramanga para este lunes 3 de febrero de 2025: evite multas

El Pico y Placa en Bucaramanga sufrió cambios con la entrada en vigencia de la Resolución 790 de 2024.

Publicado:
Actualizado:
Domingo, Febrero 2, 2025 - 18:30
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para el 3 de febrero de 2025
Dirección de Tránsito de Bucaramanga

Con el inicio de 2025, entró en vigor un nuevo esquema de Pico y Placa en Bucaramanga, tras la aprobación de la Resolución 790 de 2024 por parte de la Dirección de Tránsito de la ciudad. Esta medida busca mejorar la movilidad y proteger la calidad del aire, regulando el alto flujo vehicular que alcanza aproximadamente 956.000 viajes diarios. 

¿Qué esquema del Pico y Placa funcionaba anteriormente en Bucaramanga?

Durante 2024, el esquema rotaba trimestralmente, con una restricción de dos números que cambiaba semanalmente de lunes a viernes. La más reciente, vigente entre octubre y diciembre, operaba así:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4.

La restricción aplicaba de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., y los sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. Para los taxis, la medida regía de 7:00 a.m. a 9:00 p.m.

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Cambios en el Pico y Placa en Bucaramanga para el año 2025

La resolución 790 de 2024 mantiene estos horarios y la rotación trimestral. Para el primer trimestre de 2025, el Pico y Placa funcionará así:

  • Lunes: placas terminadas en 9 y 0
  • Martes: placas terminadas en 1 y 2
  • Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
  • Jueves: placas terminadas en 5 y 6
  • Viernes: placas terminadas en 7 y 8.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Pico y Placa para este lunes 3 de febrero de 2025 aplica para vehículos particulares con placas terminadas en 9 y 0 entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.

¿Qué vehículos están exentos del Pico y Placa en Bucaramanga?

Las autoridades de tránsito de Bucaramanga han establecido una lista de vehículos exentos de la medida, que podrán circular sin autorización especial. Estos incluyen:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
  • Vehículos eléctricos matriculados.
  • Vehículos de transporte público de pasajeros.
  • Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
  • Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
  • Vehículos propiedad de medios de comunicación.

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Es importante destacar que quienes incumplan esta restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito en Colombia.

Fuente:
Sistema Integrado Digital