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Así funcionará el Pico y Placa en Bucaramanga para este sábado 21 de diciembre

El Pico y Placa en Bucaramanga aplica los sábados en un horario comprendido entre las 9:00 a.m. y la 1:00 p.m.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Diciembre 20, 2024 - 17:16
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para el sábado 21 de diciembre de 2024
Dirección de Tránsito de Bucaramanga

La entrada en vigencia de la Resolución 626 de 2023 supuso la entrada de un nuevo modelo del Pico y Placa en Bucaramanga, el cual se caracteriza por una rotación que funciona cada tres meses. La última actualización tuvo lugar el pasado 1 de octubre, trayendo consigo importantes ajustes al esquema implementado anteriormente.

Características principales del nuevo esquema

Según la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, esta medida aplica a todos los vehículos de servicio particular y público, con excepciones como:

  • Taxis: Estos cuentan con un esquema aparte con respecto a los vehículos particulares.
  • Vehículos oficiales, diplomáticos, consulares, de importación temporal y de matrícula extranjera.

Horarios y coberturas

A diferencia de otras ciudades en Colombia, Bucaramanga extiende esta restricción a los sábados en el horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. Mientras que de lunes a viernes opera desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

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Esquema anterior

Hasta el 30 de septiembre de 2024, el Pico y Placa funcionó bajo la siguiente distribución:

  • Lunes: Placas terminadas en 3 y 4.
  • Martes: Placas terminadas en 5 y 6.
  • Miércoles: Placas terminadas en 7 y 8.
  • Jueves: Placas terminadas en 9 y 0.
  • Viernes: Placas terminadas en 1 y 2.

En cuanto a los sábados, la rotación inició el 6 de julio con las placas terminadas en 1 y 2, continuando esta secuencia hasta el 28 de septiembre.

¿Cómo funcionará para este sábado 21 de diciembre?

El Pico y Placa en Bucaramanga para este sábado 21 de diciembre aplica para los vehículos con placas terminadas en 9 y 0 en un horario que va desde las 9:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde.

Vehículos exentos

Las autoridades han definido los vehículos que están exentos de esta medida, lo que les permite circular sin necesidad de autorización especial. Estos incluyen:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
  • Vehículos eléctricos matriculados.
  • Vehículos de transporte público de pasajeros.
  • Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
  • Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
  • Vehículos propiedad de medios de comunicación.

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Sanción por incumplimiento

Los conductores que no respeten esta restricción se enfrentarán a una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios, es decir, aproximadamente 650.000 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado, conforme a lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito.

Fuente:
Sistema Integrado Digital