Cambió el Pico y Placa en Bucaramanga: restricción para este viernes 4 de abril de 2025
El Pico y Placa en Bucaramanga tuvo una nueva rotación que comenzó a regir desde el 1 de abril de 2025.

El Pico y Placa en Bucaramanga sufrió una nueva rotación que comenzó a aplicar desde el pasado 1 de abril, y que se estableció mediante la Resolución 790 de 2024, decretada por las autoridades locales, con el propósito de mejorar la movilidad en la ciudad
Funcionamiento del Pico y Placa en Bucaramanga
La medida contempla la restricción de dos dígitos durante cada uno de los cinco días hábiles de la semana. Durante el primer trimestre de 2025, funcionó de la siguiente manera:
- Lunes: placas terminadas en 9 y 0
- Martes: placas terminadas en 1 y 2
- Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
- Jueves: placas terminadas en 5 y 6
- Viernes: placas terminadas en 7 y 8.
Por otra parte, el horario de restricción para vehículos particulares rige entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m. de lunes a viernes. Los sábados aplica de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. Mientras que para los taxis funciona de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.
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Cambios en el Pico y Placa para el segundo trimestre de 2025
La Resolución 790 de 2024 mantiene el esquema de rotación trimestral y los horarios de restricción establecidos en periodos anteriores. Para el segundo trimestre del año, la asignación por días queda de la siguiente manera:
- Lunes: placas terminadas en 7 y 8
- Martes: placas terminadas en 9 y 0
- Miércoles: placas terminadas en 1 y 2
- Jueves: placas terminadas en 3 y 4
- Viernes: placas terminadas en 5 y 6.
En ese orden de ideas, el Pico y Placa en Bucaramanga para el viernes 4 de abril de 2025 aplicará para los vehículos cuyas placas finalicen en 5 y 6, en el horario habitual de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.
¡Atención, conductores!
Mañana rota el Pico y Placa en Bucaramanga 🚦
A partir de este martes 1 de abril, entra en vigencia la nueva rotación para vehículos particulares:
📅 Martes 1 de abril ➡️ Placas terminadas en 9 y 0
📅 Miércoles 2 de abril ➡️ Placas terminadas en 1 y 2… pic.twitter.com/Bxdo4wUa69— Transito Bucaramanga (@transito_bga) March 31, 2025
Vehículos exentos de la medida
Existen algunas excepciones que permiten la libre circulación sin necesidad de autorización especial. Los vehículos que no están sujetos a la restricción incluyen:
- Vehículos destinados a servicios funerarios.
- Automóviles pertenecientes a miembros del gabinete municipal y departamental.
- Vehículos eléctricos debidamente matriculados.
- Transporte público de pasajeros.
- Vehículos oficiales, de emergencias y operativos, tales como los de caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos.
- Automotores de la Fuerza Pública.
- Vehículos de empresas prestadoras de servicios públicos y mantenimiento de redes.
- Vehículos utilizados por medios de comunicación.
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El incumplimiento de la medida acarrea sanciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito, incluyendo una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades competentes.