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Caza deportiva fue prohibida por la Corte Constitucional

El Alto Tribunal da un año como plazo para que las autoridades y particulares se adecuen a la prohibición.

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Actualizado:
Miércoles, Febrero 6, 2019 - 20:08
Caza
Caza.
Imagen de referencia de Ingimage

Con una votación de siete contra dos, la Sala Plena de la Corte Constitucional prohibió la caza deportiva en el país, al considerar que va en contra vía de la proyección al medio ambiente y los animales. 

En la decisión, la Corte dio como plazo un año para que las autoridades competentes y los particulares se adecuen a la prohibición, teniendo en cuenta que existen varios clubes que viven y promueven la caza deportiva. 
 
La decisión de basó en la demanda que interpuso Laura Santacolombia contra una serie de normas contenidas en el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Ley 2811 de 1974, arts. 248, 252 y 256), y el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989, arts. 8 y 30), que permiten la caza deportiva en el país.
 
 
La Corte consideró que debido a que en el país no existen lugares adecuados o cotos de caza para practicar la actividad, “ciertas condiciones que autorizan la caza deportiva son contrarias a la protección animal”, dijo el magistrado ponente Antonio José Lizarazo. 
 
Los magistrados que salvaron su voto o no estuvieron totalmente de acuerdo con la decisión fueron Cristina Pardo y Luis Antonio Guerrero. 
 
Al respecto, el Ministerio del Medio Ambiente había enviado un concepto al Alto Tribunal pidiendo mantener las normas al considerar que regulaban ese tipo de caza en el país. 
 
 
En el extenso documento, de 844 folios, el Ministerio expuso una exhaustiva explicación sobre la caza y sus prácticas en el mundo, pero advertía que en el país “no se han otorgado permisos de caza deportiva en la última década”. 
 
Sin embargo, la demanda señalaba que las normas eran contrarias a las normas ecológicas de protección animal, dado a que deja por fuera la protección de los animales silvestres. 

“No consideran a los animales silvestres dentro de los cotos de caza (…) como seres cuya existencia tenga valor en sí misma, sino que los reducen a un objeto, a una cosa de la cual se puede disponer”, dice el documento. 

Al respecto, la Procuraduría solicitó con urgencia retirar las normas que permiten “la muerte, tortura y mutilación de los animales exclusivamente para recrear al ser humano”.

Fuente:
sistema Integrado de Información