Corte aprueba uso de cámaras de vigilancia en transporte público
El alto tribunal advirtió que debe haber protección de los datos personales de las personas.
La Corte Constitucional dio el visto bueno a la instalación de cámaras de seguridad en el transporte público, pero advirtió que el uso de esas imágenes deberá ser autorregulado por las autoridades y garantizar la protección de los datos de las personas grabadas.
Lo anterior quiere decir que no se debe hacer uso indiscriminado de las imágenes y que lo grabado no podrá ser publicado en otros medios como redes sociales, “no puede trascender a lo público”.
La Corte advirtió además que “la Constitución prohíbe, en general, la existencia de sistemas de vigilancia que tengan por objeto o como efecto anular el derecho a la intimidad, desconocer el derecho al habeas data”.
El alto tribunal determinó que el uso de las cámaras de vigilancia en los buses permitirá garantizar el orden publico y el bien general de seguridad para la comunidad.
“Si bien la instalación de cámaras de vigilancia en vehículos de transporte público masivo genera una restricción leve al derecho a la intimidad, ésta se encuentra justificada por la finalidad legítima que persigue (prevalencia del interés general y garantía del orden público), cumpliendo con los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad exigidos por la jurisprudencia constitucional”, señaló la Corte en un comunicado.
En ese mismo comunicado, la Corte añadió que “la captación y almacenamiento de la información, imágenes y datos a través de las cámaras de vigilancia instaladas en los vehículos destinados a la prestación del servicio público de transporte masivo, deberá sujetarse a lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 en materia de protección de datos personales”.
Los nuevos buses de Transmilenio cuentan con ese sistema de cámaras de seguridad. En la página del sistema de transporte masivo hay una guía de cómo solicitar las grabaciones; dice que es necesario contar con la autorización de las personas que aparecen en el video, “de no ser así, serán entregadas solo a las autoridades competentes tales como: Polícía, Fiscalía, juez de la República, Personería, entre otras”.