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Declaración de renta: el descuento que dan por tener personas a cargo

Con la reforma tributaria, la DIAN permite realizar deducciones en la declaración de renta a los contribuyentes que tengas personas a su cargo.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Agosto 12, 2024 - 12:37
Billetes y un hombre celebrando
El saldo a favor se genera cuando el monto pagado por el contribuyente, ya sea a través de retenciones en la fuente o anticipos.
Foto de Andrea Piacquadio: Pexeles

La declaración de renta es una obligación anual en Colombia, en la que tanto personas naturales como empresas deben reportar sus ingresos, gastos, deducciones y demás aspectos financieros ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este proceso es esencial para determinar el valor de los impuestos que deben pagarse o, en algunos casos, para solicitar un saldo a favor.

Para el año fiscal 2024, la DIAN ha implementado varios ajustes que son clave para los contribuyentes. Entre las principales novedades se destacan los cambios en las tarifas impositivas, modificaciones en los umbrales de ingresos que obligan a declarar, y nuevas normativas relacionadas con la facturación electrónica y los incentivos fiscales dirigidos a inversiones en sectores específicos.

Lea también: ¿Cuáles son las herramientas más útiles para la declaración de renta 2024?

Descuentos en la declaración mediante factura electrónica

Uno de los beneficios más relevantes que se ha introducido es la posibilidad de acceder a un descuento en la declaración de renta al realizar compras utilizando factura electrónica. Esta medida tiene como propósito promover el uso de la facturación electrónica, al mismo tiempo que busca aliviar el impacto económico de la declaración de renta.

Declaración de renta
Entre las personas que deben declarar renta hasta el 24 de octubre están quienes hayan realizado consumos con tarjeta de crédito por más de $59.377.000.
Colprensa - Pexeles

La facturación electrónica, que se ha vuelto obligatoria este año, no solo representa una medida ecológica al reducir el uso de papel, sino que también facilita a la DIAN la implementación de servicios más eficientes, como las devoluciones automáticas de impuestos.

Con el fin de incentivar la adopción de la factura electrónica, la DIAN permitirá a los contribuyentes deducir un 1% del valor de sus compras en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios de 2024, siempre que no se excedan las 240 UVT (Unidades de Valor Tributario) en el año fiscal. En el 2023, este monto equivale a $10.178.880. Este beneficio se podrá aplicar incluso si la compra no está directamente vinculada a la actividad generadora de renta del contribuyente, según lo dispuesto en la Ley 2277 del 13 de diciembre de 2022.

La DIAN también ha aclarado que las transacciones realizadas en efectivo solo serán válidas si se utilizan tarjetas, débito, crédito u otros medios electrónicos supervisados por la Superintendencia Financiera. Este descuento se podrá aplicar por primera vez en la renta y complementarios del año fiscal 2023, cuya declaración se presentará a partir de agosto de 2024.

Cambios en la declaración de renta tras reforma tributaria

Los cambios introducidos por la reciente reforma tributaria, aprobada a finales de 2022 y que entró en vigor en 2023, se reflejarán en la declaración de renta de 2024. Una de las modificaciones más significativas es la reducción en los topes de rentas exentas y deducciones, lo que limita las posibilidades de deducir gastos como créditos hipotecarios, pagos a medicina prepagada, aportes a cuentas AFC y dependientes a cargo.

De acuerdo el diario El Tiempo anteriormente, los contribuyentes podían deducir hasta 5.040 UVT, lo que equivalía a 237.2 millones de pesos. Sin embargo, con la nueva normativa, este límite se ha reducido a 1.340 UVT, aproximadamente 63 millones de pesos. 

"Esto implica que los aportes a cuentas AFC, intereses por créditos hipotecarios, pagos a medicina prepagada y la renta exenta del 25% están limitados a un máximo de 63 millones de pesos anuales, lo que representa una restricción significativa que incrementará el pago de impuestos en las declaraciones", explicó Nicole Ríos, asociada directora de Derecho Tributario y Aduanero & Comercio Exterior de CMS Rodríguez-Azuero, en declaraciones recogidas por El Tiempo.

¿Se puede pegar menos de declaración de renta?
Imagen de referencia. Las personas que sean seleccionadas para el cargo de Profesional Compensación y Analítica Gestión Humana trabajarán desde casa.
Freepik

Descuentos en la declaración de renta por tener personas a su cargo

Dicha reforma tributaria también incluye cambios en las deducciones por dependientes. Ahora, los contribuyentes podrán aplicar hasta dos deducciones por dependientes económicos en su declaración de renta, siempre que perciban rentas de trabajo.

De interés: Declaración de renta: La diferencia que hay entre persona natural y persona jurídica

La primera deducción corresponde al 10% de los ingresos brutos, hasta un máximo de 32 UVT mensuales, aproximadamente 1,5 millones de pesos. La nueva deducción, como señaló Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario de la firma Godoy Córdoba, citado por El Tiempo, permite deducir hasta 72 UVT (aproximadamente 3,3 millones de pesos) por dependiente, con un máximo de cuatro.

Inicialmente, la DIAN había indicado que no se podían aplicar ambas deducciones para un mismo dependiente. Sin embargo, Bermúdez aclaró que finalmente sí es posible hacerlo. "Cuando una persona tenga ingresos provenientes de una relación laboral y legal o reglamentaria, se le permite aplicar ambas deducciones para un mismo dependiente. Es decir, puede acceder a ambos beneficios simultáneamente por un solo dependiente económico", explicó.

Lisa de personas que califican como dependientes

  1. Hijos entre 18 y 23 años que estén estudiando y cuyo padre o madre financie su educación
  2. Hijos menores de 18 años.
  3. Hijos mayores de 18 años en situación de dependencia debido a condiciones físicas o psicológicas certificadas por Medicina Legal.
  4. Padres y hermanos en situación de dependencia económica, ya sea por ingresos insuficientes o por condiciones físicas o psicológicas.
  5. Cónyuge o compañero permanente que dependa económicamente debido a la falta de ingresos o ingresos inferiores a 260 UVT.
Fuente:
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