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Millonaria multa de Supertransporte a Viva Air por vulnerar derechos de usuarios

La compañía deberá pagar una multa de $175.560.600.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Enero 22, 2021 - 16:01
Aerolínea Viva Air.
Aerolínea Viva Air.
Tomada de @VivaAirCol.

El superintendente de Transporte, Camilo Pabón, anunció que la aerolínea Viva Air fue multada con una millonaria sanción, al encontrarse responsable de vulnerar los derechos de los usuarios de transporte aéreo.

De acuerdo con esa entidad, Fast Colombia S.A.S. (Viva Air) deberá pagar una multa de $175.560.600 como sanción.

Por su parte, la aerolínea anunció que hará uso de los recursos de apelación y reposición.

"El ente de control encontró dos razones para la sanción: haber impuesto un término distinto del previsto en la ley para redimir el váucher entregado ante la cancelación de vuelos ocasionada por las restricciones que se presentaron para prevenir la propagación del COVID-19 y por limitar la utilización del váucher a un solo uso, lo que implicaba que el usuario perdía cualquier saldo a su favor", explicó el superintendente Pabón.

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De acuerdo con la entidad, la investigación se realizó sobre 23 denuncias en contra de Fast Colombia S.A.S. (Viva Air) por parte de usuarios, que después de realizar una solicitud de reembolso, habrían recibido váuchers para ser redimidos por servicios.

"Los usuarios se quejaban por los términos y condiciones establecidos de manera unilateral por la empresa, especialmente porque limitaban su uso a una sola vez, lo que impedía utilizar el saldo restante en la adquisición de otros servicios o la devolución del dinero, y por el término de tiempo máximo otorgado para su redención o uso", señaló.

Cabe mencionar que durante la emergencia sanitaria causada por el coronavirus, se expidió el Decreto legislativo 482 de 2020, donde se previó la posibilidad de que las aerolíneas atendieran las solicitudes de reembolso presentadas por los usuarios, con la devolución del dinero o prestando un servicio a los usuarios.

La Superintendencia de Transporte señaló que contra el acto administrativo que decidió la investigación administrativa e impuso una sanción, proceden los recursos de reposición y de apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

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"Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley", indicó la SuperTransporte.

Entre tanto, la aerolínea señaló que "somos respetuosos de las instituciones y las decisiones que en el marco de su función, tomen con respecto a la función empresarial. Haremos uso de los recursos como lo establece la Ley, con el objetivo de presentar nuestros argumentos frente a este caso señalado por la Superintendencia de Transporte. Es importante informar a todos los usuarios que todos nuestros vouchers permiten varios usos y tienen validez por un año".

Fuente:
Sistema Integrado de Información