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Pico y Placa en Bucaramanga: vehículos con restricción para este martes 4 de febrero

El Pico y Placa en Bucaramanga cuenta con nuevas medidas tras la entrada en vigencia de la Resolución 790 de 2024.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Febrero 3, 2025 - 18:01
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para el martes 4 de febrero de 2025
Dirección de Tránsito de Bucaramanga

Desde el 7 de enero de 2025 se implementó un nuevo esquema de Pico y Placa en Bucaramanga, según lo establecido en la Resolución 790 de 2024 de la Dirección de Tránsito de la ciudad. La medida mantendrá las disposiciones que rigieron en 2024.

¿Qué esquema del Pico y Placa funcionaba anteriormente en Bucaramanga?

En 2024, el esquema vigente rotaba cada tres meses y aplicaba restricciones a dos dígitos de placas durante los cinco días de la semana. El último trimestre de dicho año, de octubre a diciembre, la medida funcionó de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4.

El horario de restricción se mantuvo de lunes a viernes entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche. Los sábados, la medida operaba desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m. Para los taxis, la restricción aplicaba de 7:00 a.m. a 9:00 p.m.

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Cambios en el Pico y Placa en Bucaramanga para el año 2025

La resolución 790 de 2024 conserva los mismos horarios y la rotación trimestral. Así las cosas, el esquema para los tres primeros meses de 2025 queda de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 9 y 0
  • Martes: placas terminadas en 1 y 2
  • Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
  • Jueves: placas terminadas en 5 y 6
  • Viernes: placas terminadas en 7 y 8.

Teniendo en cuenta lo anterior, este martes 4 de febrero de 2025, la medida aplica para vehículos particulares con placas terminadas en 1 y 2, en el horario habitual de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

¿Qué vehículos están exentos del Pico y Placa en Bucaramanga?

Las autoridades de tránsito han establecido excepciones para ciertos vehículos, los cuales podrán circular sin necesidad de autorización especial. Estos son:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
  • Vehículos eléctricos matriculados.
  • Vehículos de transporte público de pasajeros.
  • Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
  • Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
  • Vehículos propiedad de medios de comunicación.

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Quienes no cumplan con la restricción recibirán una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales vigentes y su vehículo será inmovilizado, conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Tránsito.

Fuente:
Sistema Integrado Digital