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Pico y placa en Bucaramanga: vehículos restringidos para hoy, martes 10 de diciembre

La restricción se aplicará desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m., abarcando las horas de mayor tráfico.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Diciembre 9, 2024 - 21:35
Pico y Placa en Bucaramanga
Nueva normativa de Pico y Placa en Bucaramanga desde octubre: conoce los cambios y horarios.
Foto: Alcaldía de Bucaramanga

Desde el 1 de octubre, Bucaramanga implementó un nuevo esquema de Pico y Placa mediante la Resolución 626 de 2023. Este modelo, que cambia su rotación cada tres meses, aplica a la mayoría de los vehículos, incluyendo servicio particular, público, oficial, diplomático y de matrícula extranjera. Los taxis tienen un esquema independiente.

Horarios y cobertura

A diferencia de otras ciudades, Bucaramanga amplía la restricción al día sábado. Los horarios establecidos son:

  • Lunes a viernes: De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.
  • Sábados: De 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

¿Cómo funcionaba anteriormente el pico y placa?

Hasta el 30 de septiembre de 2024, la rotación del Pico y Placa seguía este esquema:

  • Lunes: Placas terminadas en 3 y 4.
  • Martes: Placas terminadas en 5 y 6.
  • Miércoles: Placas terminadas en 7 y 8.
  • Jueves: Placas terminadas en 9 y 0.
  • Viernes: Placas terminadas en 1 y 2.

Los sábados, desde el 6 de julio, se aplicó un ciclo rotativo que concluyó el 28 de septiembre.

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Pico y Placa hoy, martes 10 de diciembre en Bucaramanga 

La restricción se aplicará desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m., abarcando las horas de mayor tráfico.

  • Carros particulares: Vehículos con placas terminadas en 7 y 8 no podrán circular.
  • Motos: Motocicletas con placas terminadas en 7 y 8 también están sujetas a la norma.

Vehículos exentos del pico y placa 

Algunos automotores están excluidos de esta normativa:

  • Vehículos eléctricos matriculados.
  • Transporte público de pasajeros.
  • Caravanas presidenciales y organismos de emergencia (bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil).
  • Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Automotores de servicios públicos y mantenimiento de redes.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Automotores funerarios.
  • Vehículos utilizados por el gabinete municipal y departamental.

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Sanciones por incumplimiento

Quienes infrinjan la normativa enfrentarán multas de 15 salarios mínimos diarios, equivalentes a unos 650.000 pesos, además de la inmovilización del vehículo, según lo establece el Código Nacional de Tránsito.

Fuente:
Sistema Integrado Digital