Procuraduría pide a la Corte Constitucional tumbar artículos del nuevo Código de Policía
La Procuraduría solicitó a la Corte Constitucional que no avale varios artículos del nuevo Código de Policía relacionados con la regulación de la protesta social en el país.
De acuerdo con el documento de la Procuraduría, los artículos que condicionan la participación de los ciudadanos dentro de la protesta, como la solicitud de permiso 48 horas con anticipación, siempre que se trate de un fin legítimo, vulneraría derechos fundamentales y por lo tanto deberían ser tramitadas por una ley estatutaria y no por una ordinaria.
En el concepto enviado por la Procuraduría y que establece lo demandado en este recurso, se regula concretamente el derecho a toda persona para reunirse y manifestarse, en lo que la normatividad califica como 'sitio público' con el fin de exponer ideas e intereses colectivos de carácter cultural, político, económico, religioso, social o de cualquier otro fin legítimo.
En ese sentido, la Procuraduría advierte que "al señalar por ejemplo la obligación de dar aviso previo por escrito; determinar entre las restricciones la finalidad de la reunión y manifestación, que en este código se señala, debe ser 'legítima'; y las prohibiciones que para proteger el derecho de reunión y manifestación involucra límites o afectación del núcleo esencial a la libertad de expresión".
En este concepto la Procuraduría solicitó concretamente tumbar los los artículos, 53, 54, 55, 56 y 57 del Código Nacional de Policía y Convivencia porque "vulneran el principio de reserva de ley estatutaria, establecido en el artículo 152 superior".