¿Qué incluye y qué no la cuota de alimentos en Colombia?
La cuota alimentaria puede modificarse en caso de cambios en las circunstancias económicas del padre o madre obligado.
La cuota alimentaria en Colombia es un derecho establecido por la ley para garantizar el sustento y bienestar de aquellos que no pueden cubrir todas sus necesidades básicas. Esta cuota puede ascender hasta el 50% del salario mensual y se distribuye según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligado/a a pagar.
Tienen derecho a recibir cuota alimentaria en Colombia los hijos menores de 18 años, los hijos mayores de 18 hasta 25 años que estén estudiando en la universidad, el excónyuge o expareja, las mujeres embarazadas y otros parientes cercanos con necesidades demostradas.
En caso de incumplimiento con el pago de la cuota alimentaria, pueden presentarse demandas legales que pueden llevar a embargos de hasta el 50% del salario, multas económicas e incluso penas de cárcel.
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Es importante destacar que la cuota alimentaria puede ajustarse anualmente según el índice de precios al consumidor y modificarse si cambian las circunstancias económicas de los padres o las necesidades del menor.
¿Qué incluye y qué no incluye la cuota de alimentos?
La cuota de alimentos comprende todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción, y en general, todo lo necesario para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Además, nuestra legislación consagra la obligación de proporcionar a la madre, cuando el niño no ha nacido, los gastos de embarazo y parto, respecto del padre legítimo o del extramatrimonial que haya reconocido la paternidad.
Es importante destacar que la cuota alimentaria puede modificarse en caso de cambios en las circunstancias económicas del padre o madre obligado, así como en las necesidades del menor.
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¿Cómo se puede denunciar el incumplimiento de la cuota alimentaria?
Si el hijo o la hija ya está reconocido/a legalmente, se debe denunciar el incumplimiento de la cuota alimentaria ante la Fiscalía General de la Nación por el delito de inasistencia alimentaria, siempre y cuando exista una fijación previa de la cuota de alimentos. Otra manera de denunciar el incumplimiento es acercándose a un centro zonal del ICBF para que un Defensor de Familia elabore la demanda para iniciar el Proceso Ejecutivo de Alimentos, que busca asegurar el pago de la deuda.