¿Se pueden comprar semanas de pensión en Colombia? Esto cambiará con la reforma 2025
Muchos colombianos cuentan con la edad para pensionarse; sin embargo, no cuentan con las semanas requeridas para recibir su pensión.

El sistema de pensiones en Colombia está a punto de experimentar una transformación profunda con la reforma aprobada el 14 de junio de 2024, una de las principales apuestas del gobierno de Gustavo Petro. Esta nueva regulación, que entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2025, introduce un modelo de pilares para la jubilación y plantea diversos cambios en la manera en que los ciudadanos acceden a su pensión.
Uno de los interrogantes más recurrentes entre los trabajadores colombianos es si es posible comprar semanas de cotización para adelantar el retiro laboral. La idea de pagar por semanas faltantes genera confusión y ha alimentado varios mitos en torno a la jubilación. Sin embargo, la legislación actual y la nueva reforma tienen claridad sobre este tema.
¿Es posible comprar semanas de pensión en Colombia con la nueva reforma?
A lo largo de los años, ha existido la creencia de que en Colombia es posible adquirir semanas de pensión para cumplir más rápido con los requisitos y acceder a la jubilación. No obstante, ni el sistema vigente ni el que entrará en vigor en 2025 contemplan esta opción como un mecanismo válido.
Con la implementación de la Ley 2381 de 2024, que regula el nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte, la estructura de pensiones se basará en un modelo de pilares:
- Pilar solidario: dirigido a personas en extrema pobreza que no pudieron cotizar.
- Pilar semicontributivo: para quienes aportaron, pero no alcanzaron a cumplir con los requisitos de pensión.
- Pilar contributivo: agrupa a trabajadores formales e independientes que cotizan regularmente.
- Pilar de ahorro voluntario: permite aportes adicionales para mejorar la pensión.
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En ninguno de estos pilares se contempla la compra de semanas para pensionarse antes de tiempo. Sin embargo, aquí le contamos las opciones que tiene para pensionarse si no cumple con las semanas requeridas.

Opciones para pensionarse si no cumple las semanas:
Si una persona no ha logrado completar las semanas requeridas para pensionarse, existen mecanismos legales que pueden ayudarle a acceder a algún beneficio en la vejez. A continuación, explicamos las principales opciones:
Beneficios Económicos Periódicos (BEPS): una alternativa de ingresos en la vejez
Los BEPS son un programa diseñado para personas con bajos ingresos o que no lograron cumplir los requisitos para acceder a una pensión. A través de este mecanismo, los ciudadanos pueden ahorrar de forma voluntaria y recibir un pago periódico en función de lo acumulado.
Características principales:
- No sustituye la pensión, pero permite obtener ingresos en la vejez.
- Los pagos son inferiores a un salario mínimo.
- Se pueden hacer aportes de manera flexible y con apoyo de familiares.
- El Gobierno otorga un subsidio del 20 % sobre el ahorro total.
¿Quiénes pueden acceder a los BEPS?
- Hombres de 62 años y mujeres de 57 años.
- Ciudadanos colombianos que alguna vez cotizaron, pero no cumplieron las semanas mínimas.
- Personas con ingresos inferiores a un salario mínimo.
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Indemnización sustitutiva: devolución de aportes
Cuando una persona afiliada a Colpensiones no alcanza las 1.300 semanas requeridas, pero ya cumplió la edad mínima de jubilación y no tiene posibilidad de seguir cotizando, puede solicitar la devolución de sus aportes.
Claves de la indemnización sustitutiva:
- El dinero ahorrado se entrega en un solo pago.
- No aplica para quienes tienen más de 1.300 semanas cotizadas.
- Puede solicitarse una vez se cumpla la edad mínima de pensión.

Requisitos para solicitar la devolución de aportes:
- Ser afiliado a Colpensiones.
- Tener 57 años (mujeres) o 62 años (hombres).
- No haber cumplido con las semanas exigidas.
- No contar con ingresos para continuar cotizando.
Pensión familiar: sumar esfuerzos para lograr la pensión
Este mecanismo permite que los cónyuges o compañeros permanentes sumen sus semanas cotizadas para acceder a una pensión conjunta. Es una alternativa útil para parejas que, individualmente, no alcanzan el mínimo de semanas requeridas.
Condiciones para acceder a una pensión familiar:
- Ambos deben estar afiliados a Colpensiones o un fondo privado.
- Deben hacer parte del Sisbén IV (niveles A1 a C12).
- Haber cotizado al menos el 25 % de las semanas requeridas antes de los 45 años.
- Juntos deben completar un mínimo de 1.300 semanas cotizadas.
- Haber convivido durante más de cinco años (aplica para parejas del mismo sexo).