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Una persona por cada seis metros cuadrados: los protocolos para las piscinas en Colombia

El uso del tapabocas será obligatorio para todas las personas que estén por fuera de la piscina.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Septiembre 8, 2020 - 16:45
Piscina. Imagen de referencia
Foto referencial RCN radio

El Ministerio de Salud dio a conocer el protocolo de bioseguridad para la puesta en funcionamiento de las piscinas en espacios abiertos y cerrados en todo el el país. 

Mediante la Resolución 1547 confirmó los lineamientos que deben seguir tanto los administradores, como también los trabajadores y los usuarios a estos espacios de recreación o de práctica deportiva.

El documento establece que las medidas aplican para las piscinas de uso colectivo abiertas al público en general, ubicadas en los centros vacacionales y recreacionales, escuelas, entidades o asociaciones, hoteles, moteles o similares.

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Las determinaciones también aplicarán para aquellas piscinas de uso restringido, no abiertas al público en general, como las ubicadas en los clubes, condominios y conjuntos residenciales. Asimismo, las de uso especial como las terapéuticas, termales y las otras que determine la autoridad sanitaria.

La vigilancia de este protocolo estará a cargo de las secretarías o entidades municipales.

“Se debe adecuar un área de recepción o atención al cliente, una zona de limpieza o desinfección para manos y calzado, donde, además, se deberá disponer como mínimo de alcohol glicerinado al 60 %, toallas desechables y tapabocas”, dice el documento.

Además, establece que los baños tienen que estar dotados de manera constante y con suficiente papel higiénico, agua potable, dispensador de jabón y toallas.

“Demarcar los lugares donde sea necesario hacer filas y las zonas de concentración de usuarios, tanto en espacios abiertos como cerrados, con una distancia mínima de dos metros entre persona”, dice la resolución.

También ordena que se eliminen todos los accesos de contacto, por ejemplo: los de huella dactilar, PIN o torniquete y sustituirlos.

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El aforo se indicará en un cartel: en las piscinas cubiertas será una persona por cada nueve metros cuadrados y en las piscinas al aire libre una por cada seis metros.

Los instructores de natación deberán tener tapabocas para sus actividades, lo mismo que las personas que se encuentren por fuera de la piscina.

Los trabajadores también deberán garantizar la limpieza de estos lugares teniendo en cuenta todos los elementos de bioseguridad y limpieza para las piscinas.

Este es el documento:

Fuente:
Sistema Integrado de Información