'Visa V', el nuevo permiso que creará Colombia: quiénes pueden solicitarla y cuáles son los requisitos
El nuevo visado será transitorio y tendrá una duración de dos años, para que la población beneficiaria regularice su situación migratoria.
A tan solo días que inicien los nuevos cambios en el trámite de expedición de pasaportes en Colombia, el Ministerio de Relaciones Exteriores anunció que prepara un nuevo visado para regularizar la situación de cierta población que se encuentra de manera irregular en el país.
Se trata de un borrador de resolución que la Cancillería colombiana publicó para comentarios, y a través del cual la entidad busca crear de manera transitoria una categoría de visa, dentro del tipo de visado de visitante, que permita regularizar la situación de algunos ciudadanos venezolanos que permanecen en territorio colombiano.
Le puede interesar: Migración Colombia expulsa a narcotraficante alemán: es uno de los más buscados en Europa
Una vez la visa sea obtenida, tendrá una vigencia de dos años, contados a partir de su fecha de expedición, y su objetivo será permitir que durante ese lapso de tiempo, el ciudadano venezolano pueda regularizar su estatus migratorio.
Beneficios
Con la llamada Visa 'V' de Visitante Especial, a los venezolanos también se les permitirá estudiar y trabajar bajo las siguientes condiciones:
- Para trabajar: el documento concederá el permiso abierto para ejercer cualquier actividad lícita por cuenta propia o mediante vinculación laboral o de prestación de servicios.
En el caso de las profesiones reguladas, el borrador establece que "se deberá aportar el permiso temporal del respectivo Consejo Profesional colombiano o acto administrativo de convalidación del título profesional ante la autoridad competente, el título profesional debidamente apostillado y tarjeta profesional."
- Para estudiar: la visa V le permitirá a los ciudadanos venezolanos acceder a la oferta educativa, siempre y cuando cumpla con la normatividad aplicable en la materia.
Le puede interesar: MinEducación determina cómo será el aumento de matrículas y pensiones en colegios privados para 2025
Quiénes podrán aplicar a la visa 'V'
El nuevo visado, que se expedirá por única vez, se otorgará a los nacionales venezolanos que se encuentren dentro de Colombia, que no hayan podido acceder a los mecanismos especiales de regularización migratoria que estuvieron vigentes en el país hasta el 2023, y que hayan ingresado al territorio nacional antes de la fecha de expedición de esta resolución.
El nuevo documento también le permitirá al titular principal pedir la visa para:
- Hijos que presenten alguna discapacidad física o mental.
- Familiares o dependientes económicos como cónyuge o compañero permanente.
- Hijos hasta los 25 años de edad.
Restricciones
Sin embargo, la visa V no aplicará para los ciudadanos venezolanos que se encuentren en las siguientes condiciones:
- Para los que se encuentren privados de la libertad.
- Para los que tengan orden de deportación o expulsión.
- Para los que presenten antecedentes judiciales, penales o de Policía.
- Para los que ostenten otra nacionalidad.
- Para los que presenten registros judiciales y administrativos vigentes.
Requisitos y cómo aplicar
Para aplicar al visado 'V', los nacionales venezolanos deberán cumplir con los siguientes lineamientos:
- Presentar la solicitud por medio de la plataforma digital dispuesta para ello a través del sitio web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa, eligiendo en el menú opciones “oficina en Bogotá”-(BTA. VISAS).
- Acta de compromiso expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para gestionar el visado en la categoría V-Visitante Especial, para el efecto, el interesado deberá comparecer ante dicha entidad, según el procedimiento que se establezca para tal fin.
- Carta de solicitud de visa firmada por el nacional venezolano manifestando la ocupación o actividad que realiza o pretende realizar en el país, acompañada de los documentos que soporten dicha manifestación.
- Antecedentes judiciales, penales o de policía expedida por la autoridad del país donde haya permanecido en los últimos 3 años, con las formalidades de apostilla o legalización y traducción que correspondan.
Para más detalles, a continuación encontrará el borrador de la resolución: