Breadcrumb node

Conozca quiénes no deben presentar declaración de renta en 2024; hay muchos beneficiados

La Dian optó por fijar las condiciones de esta obligación tributaria para 2024, a través de un proyecto de decreto.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Diciembre 21, 2023 - 10:35
Declaración de renta
La DIAN ha especificado que, en caso de que el pago o la compra del servicio con factura electrónica de venta se realice en efectivo, solo se considerarán válidas las transacciones efectuadas a través de tarjeta débito, crédito.
Freepik / katemangostar

La reforma tributaria trae consigo varias modificaciones en los impuestos y la declaración de renta en Colombia, por lo que la Dian optó por fijar las condiciones de esta obligación tributaria para 2024, a través de un proyecto de decreto. 

No obstante, la Dian le hizo un llamado a los ciudadanos a que estén muy atentos de los casos en que tienen que declarar renta para evitar costosas multas y hasta penas carcelarias.

Puede leer: Declaración de renta en Colombia dejó un recaudo de $19,66 billones en el país

Siendo así, según dicho proyecto, los asalariados "que no sean responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria”, no deberán declarar renta en 2024. 

También, están exentas de este impuesto las personas que no sean responsables del impuesto sobre las ventas -IVA, residentes en el país siempre y cuando en relación con el año 2023 cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:

  • Patrimonio bruto en el último día del año gravable a declarar no exceda de 4.500 UVT ($ 211,7 millones)
  • Ingresos brutos del respectivo ejercicio gravable no sean iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 65.8 millones)
  • Consumos mediante tarjeta de crédito no excedan 1.400 UVT ($ 65.8 millones)
  • Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan 1.400 UVT ($ 65.8 millones)

Lea aquí: Declaración de renta: Confirman cuándo se podrá recibir el saldo a favor y cómo hacerlo

Asimismo, las personas naturales o jurídica que pertenezcan al régimen simple de tributación.

No obstante, la entidad reitera que la declaración voluntaria del impuesto sobre la renta no obligados a declarar, “es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable”.

Fuente:
Sistema Integrado Digital