Cuidado: investigan a personas que hayan hecho esto en su declaración de renta
Profesionales por cuenta propia podrían enfrentar auditorías del IRS en Estados Unidos.

Tras el cierre del periodo fiscal correspondiente al año 2024, el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) ha empezado a analizar con detenimiento las declaraciones presentadas por millones de contribuyentes. Y aunque la mayoría espera su reembolso sin problemas, un grupo específico de trabajadores podría enfrentar una revisión más rigurosa debido a inconsistencias en los datos reportados.
Profesionales por cuenta propia, bajo el radar del IRS
Quienes ejercen labores de manera independiente y han solicitado deducciones considerables por gastos de operación podrían ser los más vulnerables a una auditoría. Esto se debe a que, si los valores deducidos resultan excesivos en comparación con los ingresos declarados o no se ajustan a lo que normalmente se permite en su industria, el IRS puede considerar que se está incurriendo en un uso indebido del beneficio fiscal.
Uno de los puntos más delicados es la deducción por oficina en casa, una herramienta legal que permite reducir el ingreso gravable si se trabaja desde casa. No obstante, si se abusa del monto deducido o se incluyen gastos que no son necesarios para el ejercicio profesional, se puede activar una revisión automática.
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Cuando el IRS sospecha de posibles errores o inconsistencias, puede iniciar un proceso de auditoría que se realiza de forma presencial o remota. El contribuyente recibe una notificación oficial en la que se especifica el tipo de revisión, así como la documentación que debe entregar para sustentar los gastos reclamados.
Responder a tiempo y con pruebas claras es fundamental. De no hacerlo, el organismo puede imponer correcciones a la declaración, cobrar sanciones económicas o, en los casos más graves, iniciar procedimientos legales.
¿Qué se puede deducir y qué no?
Una deducción válida debe ser ordinaria (es decir, común dentro del sector profesional) y necesaria para llevar a cabo la actividad económica. Incluir gastos que no cumplen con estos criterios puede poner al contribuyente en una situación complicada.
Gastos que sí se pueden deducir:
- Suministros y herramientas laborales: Materiales indispensables para desarrollar la actividad profesional.
- Alquiler de oficina: Siempre que el espacio esté destinado exclusivamente al trabajo.
- Viajes relacionados con el negocio: Pasajes, hospedajes y otros costos vinculados directamente con reuniones o tareas laborales.
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Gastos que no son deducibles:
- Consumo personal: Comidas, entretenimiento y compras no esenciales, incluso si se hacen en horario laboral.
- Actividades ajenas al negocio: Hobbies o intereses personales que no estén relacionados con la profesión.
- Ropa no especializada: La vestimenta común no es deducible, salvo que se trate de uniformes o prendas técnicas necesarias para la labor.