Jornada laboral se podrá distribuir en cuatro días a la semana
La principal condición es que se trabaje doce horas cada día.
El decreto 770 de 2020 permitirá que empleados y empresas acuerden que se distribuya el tiempo de trabajo semanal (48 horas) en cuatro días a la semana, de modo en cada jornada se trabajen 12 horas. El objetivo es evitar las aglomeraciones y así disminuir el riesgo de contagio de coronavirus.
Esta medida será "de manera excepcional" y aparece consignada en el artículo 5 del decreto, que exactamente dice lo siguiente: "(...) la jornada ordinaria semanal de cuarenta y ocho (48) horas podrá ser distribuida en cuatro (4) días a la semana, con una jornada diaria máxima de doce (12) horas, sin que sea necesario modificar el reglamento interno de trabajo".
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Se sigue diciendo que los horarios de trabajo son los mismos del contrato de trabajo, sea ocho horas diarias o 48 horas semanales (...) Cuando exista alguna posibilidad de hacer trabajo a (otras) horas debe ser concertado", explicó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
El artículo 5, en su primer parágrafo, aclara que se deben reconocer los recargos nocturnos, de dominicales y festivos. Sin embargo, abre la posibilidad de que los pagos de estos se aplacen: "El pago podrá diferirse de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador, en todo caso, máximo hasta el 20 de diciembre de 2020".
Además, el segundo parágrafo añade: "En todo caso, el empleador garantizará el cumplimiento de la normatividad vigente en lo relacionado con la seguridad y salud en el trabajo".
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El mismo decreto, en el artículo 6, también permite que los trabajadores y los empleadores lleguen a un acuerdo para aplazar el pago de la prima de junio, en tres desembolsos, a más tardar hasta el 20 de diciembre de 2020. El ministro Cabrera ha insistido en que este beneficio debe pagarse.